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Autorizaciones para vivir y/o trabajar en España

Existen diferentes autorizaciones de extranjería que hacen posible el  vivir y trabajar en Espana. No todos los solicitantes que buscan hacerlo pueden acceder a todo este tipo de autorizaciones, ya que se debe valorar la situación y caso de cada persona, pudiendo así determinar qué tipo se adapta mejor a cada persona, tanto a sus propias necesidades como a las de su familia. En este caso te vamos a explicar las autorizaciones para vivir y/o trabajar en España.

Autorizaciones para vivir y/o trabajar en España

Antes de elegir un tipo de autorización debemos tener en cuenta qué opciones tiene cada persona en función de la nacionalidad de la persona que busca trabajar o vivir en España. Para ello, hay que diferenciar principalmente entre tres grandes grupos de nacionalidades:

  • Ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Liechtenstein, Islandia, y Noruega), Suiza y sus familiares.
  • Ciudadanos de otros Estados vinculados al mundo del talento y los negocios.
  • Los ciudadanos de otros Estados.

Ciudadanos de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, Suiza y Familiares

Si se quiere fijar la residencia en España durante un periodo que supere los 3 meses, los ciudadanos que cuenten con estas nacionalidades, podrán llevar a cabo la solicitud correspondiente en el Registro Central de Extranjeros.

Para el acceso al Registro se deben cumplir con una serie de requisitos:

  • Ser trabajador por cuenta ajena en España.
  • Ser trabajador por cuenta propia en España.
  • Disponer para él mismo y para su familia de recursos económicos que sean suficientes; y se incluye un seguro de enfermedad público o privado, ya sea contratado en España o en otro país, pero que ofrezca una cobertura en el país.
  • Ser estudiante y encontrarse debidamente matriculado para cursar Formación Profesional o estudios; y contando para ello con seguro de enfermedad contratado en España o en otro país que ofrezca cobertura en el país. De igual forma, es necesario presentar una declaración responsable de que se encuentran con suficientes recursos económicos para esa misma persona y su familia.

 

En el caso de que el familiar del ciudadano de estas nacionalidades  también vaya a a permanecer en España durante un periodo superior a tres meses, este deberá hacer la solicitud de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Para poder solicitarlo se debe contar con el siguiente parentesco con dicho ciudadano:

  • Cónyuge
  • Pareja que cuenta con una unión que sea análoga a la conyugal y que se encuentre debidamente inscrita como tal en el estado de corresponda.
  • Ser hijo directo del ciudadano.
  • Ser ascendiente directo.
  • Cualquier familiar que en el país del que procede que estuviese a su cargo o conviviese con él; o bien que por motivos de salud o discapacidad sea imprescindible que se encargue de él.

Ciudadanos de otros Estados

Los ciudadanos de otros Estados que no sean parte de la UE, del Espacio Económico Europeo o Suiza, podrán acceder a vivir y/o trabajar en España en el caso de que se adapten a alguno de los siguientes perfiles:

Estancia en España

Para ellos es necesario cumplir con una serie de requisitos, sabiendo que existe un límite de permanencia de 90 días cada 6 meses.

Para ello existen diferentes tipos de estancia en España. Estos dependen de la finalidad de la misma, ya que se valorará en cada caso en función de si se trata de una acción de voluntariado, por estudios, actividades de investigación, etcétera.

Residencia en España

Cuando lo que se busca no es viajar por un tiempo, sino vivir y/o trabajar en España, estos ciudadanos tienen que valorar las diferentes condiciones y requisitos necesarios para poder realizar la solicitud correspondiente, pudiendo distinguir entre:

  • Residencia temporal sin realizar actividad laboral:  Para ello será necesario no estar en España de manera irregular; carecer de antecedentes penales; no tener prohibida la entrada en España ni en el resto de países con los que el país tenga firmado un convenio; tener recursos económicos suficientes para poder sufragar los gastos; contar con un seguro público o privado con una entidad autorizada; no padecer ninguna enfermedad que sea un problema grave de salud pública; y no encontrarse en un plazo de compromiso de no retorno a España.
  • Residencia temporal por reagrupación familiar: Además de tener en cuenta todos los requerimientos del caso anterior, es necesario tener en cuenta que para poder residir en España para acompañar o reunirse con un familiar que resida en el país, es necesario que esta persona haya vivido en España durante al menos un año. Además, debe tener una autorización que le permita seguir viviendo en el país durante el menos un año más. Además, hay que tener la tarjeta de reagrupación familiar, que se obtiene según el parentesco, tal y como hemos indicado con anterioridad.
  • Vivir de forma temporal por circunstancias excepcionales: En ocasiones hay personas que en una situación irregular continúan en España, que son las personas que pueden llegar a regularizar su situación si cumplen con una serie de condiciones y requisitos. En este caso se puede diferenciar entre arraigo laboral, social y familiar.
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