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Cancelación de antecedentes penales

La cancelación de antecedentes penales consiste en la posibilidad de, como su propio nombre indica, poder suprimir los antecedentes de una persona una vez que ya haya transcurrido un periodo de tiempo determinado sin cometer ningún otro delito tras la fecha en la que se concluye el final de la condena.

Cancelacion antecedentes penales

Hay que tener en cuenta que los antecedentes penales no son vitalicios, es decir, que no son permanentes en el tiempo. Por esta razón, si se cumple con una serie de requisitos, será posible llevar a cabo su cancelación. Esto es útil para poder acceder a determinados puestos de trabajo así como para algunos procedimientos administrativos.

Requisitos y plazos para la cancelación de antecedentes penales

Antes de empezar a hablar de los requisitos para la cancelación de los antecedentes penales debes saber la clase y cuantía de la pena impuesta por el juez. En función de la misma y la gravedad del delito, el artículo 136 del Código Penal fija unos plazos para la cancelación de estos. No obstante, como ya hemos mencionado, la persona condenada no puede haber cometido otra acción delictiva durante es tiempo.

Por este motivo se debe leer el fallo de la sentencia para saber los meses de prisión o multa, tiempo de retirada del permiso de conducir….; en función de ellos se podrá calcular el tiempo que se tardará en cancelar los antecedentes penales.

Otro de los requisitos establecidos por la ley es que, además de no haber incurrido en nuevos delitos,  es tener satisfechas las responsabilidades civiles que se hayan acordado en la sentencia; salvo en aquellos casos de insolvencia declarada por un juez o tribunal, salvo que la situación económico del reo hubiera mejorado.

Plazos para la cancelación de penas

Los plazos que actualmente marca la ley son los siguientes:

  • 6 meses para aquellos delitos de carácter leve.
  • 2 años para penas que no excedan de 12 meses y los delitos imprudentes, consideradas penas menos graves.
  • 3 años para el resto de penas menos graves inferiores a 3 años.
  • 5 años para las penas menos graves iguales o superiores a 3 años.
  • 10 años para las penas graves.

De esta forma, los plazos de cancelación dependen de la clase de la pena, por lo que primero habrá que conocer dentro de cual se encuentra incluida la condena; es decir, si es considerada leve, menos grave, grave…

Por otro lado, es importante saber que algunos delitos llevan aparejada la imposición de diferentes penas. Esto ocurre, por ejemplo, en el cado de un conducto que conduce un vehículo bajo los efectos del alcohol, por lo que por un mismo hecho se condena a pena de multa y la retirada del permiso de conducción. Son dos penas diferentes y para cada una hay un plazo de cancelación de antecedentes penales.

Cómo cancelar los antecedentes penales

Cumpliendo con los requisitos anteriores, para solicitar la cancelación de los antecedentes penales se debe cumplimentar una solicitud, la cual se puede presentar de forma presencial, por correo o por internet.

En la solicitud deben figurar, de manera obligatoria, los siguientes datos:

  • Localidad
  • Provincia
  • Fecha de nacimiento
  • Documento acreditativo de identidad
  • Nombre y apellidos
  • Filiación
  • Domicilio
  • Teléfono móvil o correo electrónico (a efectos de notificación).
  • Certificado de cumplimiento de penas expedido por parte del tribunal o juzgado competente (para agilizar la resolución).

Acreditación de la identidad del solicitante

El Código Penal determina que las inscripciones de antecedentes penales no son públicas. Por ello, el solicitante titular de los mismos que busque su cancelación tendrá que acreditar su identidad. Para ello tendrá que aportar la documentación correspondiente en vigor, por correo, mediante personación o a través de un representante que está acreditado.

Esta documentación es:

  • Titular español o bitcoin: Tiene que aportar su DNI en vigor o una fotocopia compulsada. También puede adjuntarse una tarjeta comunitaria o pasaporte que estén en vigor. Pueden ser originales o fotocopias compulsadas.
  • Titular extranjero no comunitario: Deben aportar tarjeta de residencia (NIE) o pasaporte, estando en vigor, con sus originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

Acreditación de la representación

Si el interesado en la cancelación de antecedentes penales actúa a través de un representante, este tendrá que acreditar de igual manera su identidad. Para ello deberá documentarse la representación a través del poder notarial; declaración en comparecencia personal u otro medio que deje constancia de la misma. En cualquier caso,  en todo caso es necesario acreditar su identidad.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de tres meses. Una vez que haya transcurrido este pazo se podrá entender que la cancelación ha sido estimada, a pesar de que no haya habido una resolución expresa de la misma.

No obstante, el plazo será suspendido cuando sea necesario recabar del órgano judicial la extinción de la responsabilidad penal. Esto es necesario para el inicio del cómputo de los plazos de cancelación.

Una vez que recae la resolución del expediente, si la identificación ha sido realizada correctamente, será notificada la misma.

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