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Cómo actuar ante una detención

Muchas son las personas que se preguntan cómo actuar ante una detención. Tras ser detenido por un hecho u otro por un acto delictivo, es posible que no sepas cómo actuar desde el primer momento, razón por la cual es necesario que tengas en cuenta una serie de consideraciones, a las cuales vamos a hacer referencia a lo largo de las próximas líneas.

Cómo actuar ante una detención

Asistencia al detenido

Aunque la Guardia Civil o la Policía se encargarán de comunicárselo al detenido en el momento de la detención, es muy importante tener en cuenta que la persona detenida tendrá derecho a la asistencia de un abogado.

Si se cuenta con un abogado privado, habrá que facilitar su teléfono para que los propios agentes de la autoridad sean los encargados de contactar con él. En el caso de que no sea de esta forma, se deberá solicitar la asignación de un abogado de oficio. De esta manera, desde el Colegio de Abogados de la provincia se designará a un profesional que será el encargado de brindarle la asistencia gratuita.

Un punto a tener en cuenta en este sentido es que antes de declarar, se debe entrevistar con el abogado. Se debe ser cauto en un momento delicado como es una primera detención. Es fundamental realizar una entrevista con el abogado antes de declarar, con la finalidad de poder preparar la mejor estrategia posible de cara a su declaración.

Declaración en sede policial

Una vez que se haya realizado la entrevista con el letrado, será el momento de hacer la declaración. Sin embargo, el consejo que dan muchos expertos es el de no realizar la declaración en ese momento.

La razón de ello es que, desde el punto de vista del procedimiento, se si declara, se cerrarán algunas puertas que es conveniente para el detenido mantener abiertas, como una conformidad futura. Desde el punto de vista de la defensa, hay que tener en cuenta que al abogado no le da tiempo a examinar toda la documentación del atestado policial, y tampoco tiene acceso a otra documentación adicional que pueda haber en el procedimiento. Por ello, declarar sin tener toda la información puede hacer que se incurra en muchos errores que más adelante pueden tener sus consecuencias.

Asimismo, aunque como detenido se puede conocer todo lo que ha sucedido, puede que las palabras dichas de más pueden perjudicarte en el futuro; y esto puede hacer que el procedimiento se vuelva en contra del propio detenido.

Una vez que se declare en la sede policial, y salvo que se trate de un caso de delito grave o muy grave; lo habitual es que se ponga en libertad o a disposición judicial al detenido inmediatamente. Es necesario conocer que la detención no puede durar más de 72 horas.

Declaración en sede judicial

Además de la mencionada declaración en la sede policial, donde es recomendable hablar lo menos posible tras ser detenido; tendrá lugar una primera declaración en sede judicial (en los juzgados) en el caso de que así haya sido determinado tras la primera.

Al igual que sucede con la primera declaración en la sede policial, y salvo en casos muy concretos, se aconseja seguir sin declarar. La razón de ello es que, al igual que ocurre en el caso anterior, en las primeras diligencias no se acostumbra a contar con toda la información necesaria, por lo que podemos llegar a cometer errores que posteriormente te pueden afectar de manera negativa.

También hay que tener en cuenta que el Artículo 400 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que es posible solicitar la declaración del investigado tantas veces como se entiende necesario que se realice: «El procesado podrá declarar cuantas veces quisiere, y el Juez le recibirá inmediatamente la declaración si tuviese relación con la causa».

La detención preventiva

La detención o prisión preventiva es una breve limitación del derecho a la libertad de una persona sospechosa de haber cometido un delito.  Puede adoptar la prisión preventiva la autoridad judicial y fiscal, la policía e incluso otros ciudadanos en algunos supuestos; y siendo su finalidad principal la de ponerla a disposición judicial, valorando así si procede a elevar la detención a prisión; o si, por el contrario, deje dejarla sin efecto, y acordar su libertad.

Se trata de un tipo de detención que constituye una medida cautelar de naturaleza personal.. La detención policial es aquella que realizan los agentes de la autoridad en cumplimiento de su obligación. En el artículo 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se establecen diferentes supuestos de detención, con lo que fuera de los supuestos legales mencionados nos encontraremos ante un delito de detención ilegal.  Esta última tiene lugar cuando se encierra o detiene a un individuo, quitándole su capacidad para trasladarse de manera libre de un lugar a otro, es decir, obligándole a permanecer en un determinado lugar contra su voluntad.

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