Un accidente laboral tiene lugar cuando un empleado sufre algún tipo de lesión física mientras se encuentra trabajando o como consecuencia de una laboral que desarrolla para un tercero, es decir, por cuenta ajena.
Esta lesión se sufre a causa de un accidente, pudiendo ser el daño tanto físico como psicológico. Cabe diferenciarlo de la enfermedad profesional, que tiene una cobertura similar pero que se da en los casos en los que se padece una enfermedad a consecuencia de las labores realizadas.
Para que un percance pueda ser catalogado como accidente laboral se requiere que haya un nexo causal, es decir, que haya una relación entre la lesión que se ha producido y el trabajo. Este último puede ser una causa directa o indirecta.
En este artículo encontrarás:
¿Quiénes están protegidos ante un accidente de trabajo?
Todo trabajador por cuenta ajena está protegido frente a un accidente laboral, independientemente de que no se encuentren dados de alta en la Seguridad Social o no hayan cotizado con anterioridad.
En el caso de los autónomos, cotizan de forma obligatoria por contingencias profesionales, por lo que también se encuentran protegidos frente a posibles accidentes laborales.
Un punto a tener en cuenta con respecto a los accidentes laborales es que no solo implican los que tengan lugar en el propio lugar de trabajo. También incluye los que puedan tener lugar yendo o regresando al mismo.
Los derechos del trabajador accidentado
Con las cotizaciones que se realizan mensualmente se cubren las diferentes prestaciones a las que tiene derecho un trabajador que ha sufrido un accidente laboral. Estos son los siguientes:
Asistencia sanitaria
Todo trabajador que resulte accidentado tiene derecho a la asistencia sanitaria hasta su recuperación. Esta supone tanto el tratamiento como cualquier operación necesario y la posterior rehabilitación.
Prestación por Incapacidad Temporal (IT)
Entre los derechos del trabajador, se encuentra la prestación por Incapacidad Temporal, que se abona en los casos en los que el accidentado sufre una «baja médica» pero que podrá reincorporarse a su puesto de trabajo.
Esta prestación tiene diferentes beneficios para el trabajador, como su cuantía de la misma, que es del 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente. Tampoco es necesario haber cotizado previamente.
Prestación por Incapacidad Permanente (IP)
Si tras un accidente de trabajo el trabajador que da invalidado para poder trabajar, tendrá derecho a recibir la llamada Incapacidad Permanente.
El tipo de accidente afecta a la hora de poder determinarlo y calificar el grado de incapacidad. En el caso de aquellas incapacidades permanentes que vengan derivadas de un accidente laboral, es la Mutua la que se hace cargo de la pensión, aunque la abone la Seguridad Social.
Muerte en accidente de trabajo
En el caso de que el trabajador fallezca a causa de un accidente laboral, su viuda y huérfanos tendrán derecho a una indemnización adicional. A la viuda le corresponderá por seis meses de pensión y a los hijos un mes.
De igual forma existen indemnizaciones por lesión no invalidante, las establecidas por convenio y las derivadas de la responsabilidad del empresario.
¿Alguna duda? Deja un comentario