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El delito de calumnia

El delito de calumnia acostumbra a generar muchas dudas, llegando a confundirse con las injurias, razón por la que se debe conocer en profundidad para evitar cualquier tipo de duda o confusión. Para empezar, se debe conocer que la calumnia es un delito contra el honor que se comete cuando se le imputa un delito a otra persona  a sabiendas de que la acusación que se ha llevado a cabo es falsa.

El delito de calumnia

De esta forma, la calumnia es imputar un delito a una persona siendo conocedor de que todo aquello que se le ha imputado no se corresponde con la realidad, es decir, que es falso ya que esa persona no fue la autora del delito en cuestión.

Delito de calumnia

En el artículo 205 del Código Penal se hace referencia al delito de calumnia. En este precepto se indica que la calumnia es la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad.

Para diferenciarlo de la injuria, hay que tener en cuenta que en el caso de la calumnia el hecho delictivo sobre el que se produce la imputación debe encontrarse tipificado en el Código Penal, es decir, debe tratarse de un delito.

Por ejemplo, un insulto no se puede considerar calumnia al no ser considerado delito en el Código Penal, pero puede llegar a ser un delito de injurias por menoscabar el derecho de otra persona. De esta forma, con la calumnia se busca proteger la verdad. Solo se cometerá este delito en el caso de que exista dolo, es decir, si el autor está imputando el delito a la otra persona, con la voluntad de provocarle daños y perjuicios.

En ese también sería suficiente el dolo eventual. Este tiene lugar en aquellas ocasiones en las que el autor es consciente de que se está imputando el delito a otra persona que le produce daño y, pese a ello, decide cometerlo.

Tipos de calumnia

Al hablar del delito de calumnia debemos saber que existen varias clases o tipos de ellas, que son las siguientes:

Calumnias con publicidad

La calumnia, en este tipo de caso, es divulgada y difundida, ya sea a través de las redes sociales, por la radio, por medios de imprenta, etcétera. En este caso nos encontraríamos con un castigo para el autor de pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses con la cuota correspondiente.

Calumnias sin publicidad

En este caso, la calumnia no se difunde por ningún medio. Se castiga al autor con una pena de multa de seis a doce meses con la cuota que corresponda en cada caso en particular.

La denuncia de una calumnia

La calumnia, al igual que sucede con el caso de la injuria, tienen la consideración de ser un delito privado. Al  ser considerado como tal, hay que ser consciente de que el Ministerio Fiscal no va a ser parte de la acusación, y tampoco el Juzgado se encargará de perseguir el delito. De esta manera, será imprescindible que para que pueda iniciarse un proceso en este sentido, lo denuncie el propio perjudicado por el delito.

Por ello, para su enjuiciamiento se necesita realizar la denuncia ante el Juzgado, de forma que podrán iniciarse las diligencias para la investigación del delito. Asimismo, hay un requisito que hay que tener presente; y es que se exige que se celebre o se intente celebrar la conciliación previa con la persona a denunciar. El objetivo de esta conciliación previa es la de tratar de llegar a algún tipo de acuerdo total o parcial.

La denuncia tiene lugar en estos casos a través de una querella, ya que no  habría acusación si fuese una denuncia al no ser partícipe el Ministerio Fiscal en el procedimiento. De esta forma, el Juzgado de Instrucción, nunca perseguirá un delito de este tipo sin que medie denuncia o querella por parte del perjudicado.

Perdón a la aplicación de una pena por calumnia

A través de la llamada exceptio veritatis, esta podría entrar a formar parte del procedimiento en los casos en los que se pruebe la existencia real del delito por el que una persona estaba siendo acusada de una manera presuntamente falsa. Una vez que la imputación ha visto como probada su veracidad, será eximido por completo de la responsabilidad criminal al sujeto activo del delito de calumnia.

Así aparece reflejado en el artículo 207 del Código Penal, el cual establece que aquella persona que resulte acusada por parte de un delito de calumnia estará exento de toda pena si prueba el hecho criminal que se le haya imputado.

Teniendo todo lo anterior en cuenta es más sencillo que puedas conocer la manera en la que se puede diferenciar una calumnia de una injuria; y también conocer las penas relacionadas con este delito de calumnias y sus diferentes clases, tipos y características.

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