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El ingreso mínimo vital. Guía definitiva

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) de la Seguridad Social se trata de una prestación no contributiva cuya finalidad es la de asegurar que todos los hogares en situación de vulnerabilidad tienen un determinado nivel de rentas

La finalidad de este es el de hacer frente a la pobreza y la reducción de la exclusión social. De hecho, se trata de un instrumento creado para tratar de hacer frente a la falta de recursos.

Sin embargo, su llegada supone ajustes varios en lo que se refiere a prestaciones, eliminándose algunas como la recibida por hijo o menor que esté acogido sin discapacidad o que esta sea inferior al 33%, ya que es incompatible. La intención es que no haya duplicidades en el cobro de pensiones.

Características del Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Minimo Vitasl pone a disposición de aquellos ciudadanos que así lo requieran un pago mensual que tiene las siguientes características:

  • Garantiza un nivel mínimo de renta
  • Tiene una duración que se extiende mientras dure la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos originales que otorgaron el derecho a percibirlo.
  • Es instransferbile.
  • Su objetivo es el de brindar una acción protectora, ya sea sobre un beneficiario a nivel individual o una unidad de convivencia, cuando se trata de personas que residen juntas y están casadas o son pareja de hecho. También reciben esta última consideración las víctimas de violencia de género que hayan tenido que abandonar el hogar o que hayan tramitado su separación o divorcio.
  • Tiene incentivos al empleo y la inclusión para tratar de que se supere la situación de vulnerabilidad.

Requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Para poder solicitar el IMV es necesario diferenciar entre el perfil de las personas que pueden acceder a él y las condiciones exigidas para recibirlo:

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

Esta prestación puede ser cobrada por:

  • Integrantes de una unidad de convivencia.
  • Personas que tengan 23 años o más y que sean menores de 65 años, que hayan vivido o vivan en solitario durante los últimos tres años; o bien que compartiendo domicilio se considere que es una unidad de convivencia, siempre que no estén casadas o sean pareja de hecho y no formen parte de otra unidad de convivencia.
  • Las personas que hayan sido víctimas de explotación sexual, trata de seres humanos o violencia de género.
  • Quienes hayan cumplido 65 años pero residan con menores de edad o personas incapacitadas judicialmente
  • Menores de 23 años que estén emancipados y que tengan hijos a cargo.

Requisitos para recibir el IMV

Además de cumplir con alguno de los perfiles indicados,  se exige cumplir con una serie de condiciones para obtener esta prestación:

  • Ser una persona residente en España de forma legal durante al menos un año antes a la fecha de solicitud. Debe aportarse el certificado de empadronamiento.
  • Estar en una situación de vulnerabilidad económica.
  • Se deben haber solicitado de forma previa aquellas pensiones a las que se pudiese tener derecho.
  • Encontrarse dado de alta como demandante de empleo en el SEPE en el caso de que el titular no trabaje y que sea mayor de edad o un menor emancipado.
  • El valor de sus bienes o propiedades, sin tener en cuenta su vivienda habitual, no puede superar los 29.905 euros o, si vive solo, los 16.614 euros.
  • No debe ser administrador de una sociedad mercantil.
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