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El recurso de reposición

El recurso de reposición es presentado en aquellas ocasiones en las que no se está de acuerdo con la resolución que ha llevado a cabo Hacienda o la Administración Pública. Se trata de un recurso potestativo, por lo que no hay obligación por parte del afectado de presentarlo antes de ir a la vía contenciosa administrativo. Se interpone en aquellas ocasiones en las que se considera que una decisión es contraria a derecha y se busca revertir la decisión.

El recurso de reposición

Qué es un recurso de reposición

El recurso de reposición es un acto administrativo potestativo al que se acude para recurrir una resolución que procede de Hacienda o una Administración Pública. Con esta herramienta se busca apelar la decisión del organismo al ser considerada contraria a derecho.

Este recurso es potestativo porque la persona interesada no tiene la obligación de presentarlo para poder acudir al órgano judicial. Se trata de un procedimiento administrativo cuyo trámite se realiza en la sede administrativa.

Un punto a tener en cuenta de cara a la presentación de un recursos de reposición es que no se necesita la asistencia de abogado ni de procurador. Pese a ello siempre es recomendable recibir el asesoramiento de un letrado especialista para que haya más posibilidades de una reclamación exitosa.

Cuando es interpuesto un recurso de reposición hay que tener en cuenta que no es posible interponer un recurso contencioso administrativo. Para ello se debe esperar a que el recurso interpuesto se desestime por silencio administrativo o bien haya sido resuelto.

La finalidad de este recurso no es otro que el de dar la oportunidad a la Administración que revoque una decisión en los casos en los que se considere que es contraria a Derecho. De esta forma se evitará que posteriormente se pueda hacer un pronunciamiento contrario y permite la rectificación de su actuación para que sea acorde a la ley.

Casos de presentación de un recurso de reposición

De acuerdo a la Ley 39/2015, en su artículo 123, se indica que el recurso de reposición se puede presentar en contra de actos administrativos que den por concluida la vía administrativa. Entre estos actos se encuentran los mencionados a continuación:

  • Actos administrativos de los órganos y miembros del Gobierno
  • Convenios, contratos, pactos o acuerdos que supongan el fin de un procedimiento.
  • Resoluciones que están relacionadas con la responsabilidad patrimonial.
  • Resoluciones asociadas a procedimientos complementarios a aspectos sancionadores.
  • Las resoluciones que proceden por parte de los Ministros y Secretarios de Estado al ejercer sus competencias.
  • Resoluciones que esté determinada por una disposición legal o reglamentaria.
  • Resoluciones relacionadas con procesos alternativos o recursos de alzada y con entes sin superior jerárquico.

Requisitos para poder interponer el recurso de reposición

Los requisitos necesarios para poder llevar a cabo la interposición de un recurso de reposición son los siguientes:

  • Debe interponerse contra un acto o resolución de trámite que dé por finalizada la vía administrativa.
  • El recurso debe ser interpuesto dentro del plazo debidamente establecido por la ley.
  • El escrito realizado para la presentación del recurso debe contener toda la información solicitada así como los datos requeridos para que sea válido.

Por otro lado, hay que conocer quienes pueden interponer el recurso de reposición. Están legitimados para ello:

  • Titulares de intereses legítimos o de derechos, individuales o colectivos que se hayan visto afectados por la resolución.
  • Las organizaciones y asociaciones que se encargan de la representación de intereses sociales y económicos que ejercen como titulares de intereses legítimos colectivos.
  • Los titulares de intereses que estén afectados por la resolución y decidan presentar al procedimiento antes de que sea dictada la resolución definitiva.
  • Herederos o personas que tengan responsabilidad e interés ante una relación jurídica transmisible.
  • Cualquier persona que esté afectada por la resolución del proceso administrado y no se haya iniciado el proceso.

Cuando una persona presenta el recurso debe hacerlo a nombre de una persona física o jurídica, debiendo presentar la documentación mediante la cual se certifica que está autorizada para ejercer dicha representación.

Plazo de presentación del recurso de reposición

La interposición del recurso de reposición se debe realizar ante el organismo que dicto el acto que se impugna. Además, también se puede presentar  en la Administración General del Estado y sus equivalentes locales y autonómicos; y en el registro electrónico del organismo al que se dirige o de la Administración.

En cuanto a los plazos se deben distinguir dos supuestos:

  • Acto expreso: El plazo de presentación es de 1 mes a partir de la recepción de la resolución notificada. Pasado este plazo solo se podría interponer un recurso contencioso administrativo.
  • Acto presunto: En este caso los interesados cuentan con 3 meses de plazo para interponer el recurso. Se puede realizar en cualquier momento a partir del día siguiente al que se produjo el acto presunto, que es cuando se da la resolución mediante un silencio administrativo.
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