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Requisitos legales para el teletrabajo

El teletrabajo es un concepto que cada vez está ganando más importancia en el mundo laboral, sobre todo a raíz de lo ocurrido con la crisis sanitaria por coronavirus.

Estas situaciones extraordinarias han llevado a muchos trabajadores a trabajar desde casa. Además, este hecho ha mostrado a muchas empresas una manera alternativa para que sus trabajadores puedan desarrollar sus labores a distancia y con la ventaja de facilitar el conciliamiento laboral y familiar. 

Con respecto a esta modalidad de trabajo, hay que tener en cuenta que en España no existe una ley sobre el teletrabajo.  No obstante, sí que existe una normativa que se debe seguir de cara a la implementación de un nómada digital, debiendo cumplir con unas normas relativas a la privacidad y protección de datos.

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Normativa sobre el teletrabajo en España

Como hemos mencionado, no existe actualmente ninguna ley o normativa que regule el trabajo desde casa en España. A pesar de ello, sí que hay una serie de indicaciones que figuran en el Estatuto de los Trabajadores.

En él se indica la consideración de trabajo a distancia para aquellas personas que lleven a cabo una actividad laboral en su propio hogar u otro lugar libremente elegido por él. Asimismo, se indica la necesidad de formalizar por escrito la posibilidad de optar por esta modalidad laboral.

Regulación futura de la ley del teletrabajo

Convertirse en nómada digital será una figura regulada en el futuro, ya que el Gobierno de España ha redactado un anteproyecto que será la futura ley reguladora. Esta recibirá el nombre de Ley del Trabajo a Distancia.

En ella hay diferentes aspectos que serán regulados:

  • Voluntariedad. El trabajar desde casa tendrá que ser voluntario para el empleado y requerirá de un acuerdo por escrito entre empleador y empleado.
  • Horario. No habrá una libertad absoluta y tendrán que fijarse unos tipos para desempeñar el teletrabajo.
  • Gastos. Ser nómada digital no puede suponer costes directos o indirectos para el trabajador. El empleador tendrá que correr con los gastos derivados del desarrollo de la actividad laboral.
  • Fuerza mayor: Cuando se den circunstancias de fuerza mayor, las empresas tendrán que recurrir al trabajo a distancia siempre que sea posible a nivel técnico y que sea razonable su uso. Esta medida debería aplicarse ante de los ERTE.
  • Desconexión digital: Se sigue promoviendo el derecho a la desconexión digital ya existente, debiendo permitir que el trabajador pueda tener su adecuado descanso.
  • Igualdad: No podrá haber diferencias entre trabajadores presenciales y a distancia. No podrán sufrir ningún tipo de perjuicio por trabajar desde el hogar.

Derecho al teletrabajo en España

En España existe una ley sobre teletrabajo. Además, en el Artículo 13 del Real Decreto del Estatuto de los Trabajadores se hace referencia a la posibilidad de trabajar desde casa, modo al que se refiere como trabajo a distancia.

En dicho artículo se indica que tiene tal consideración aquel trabajo en el que la actividad laboral se lleva a cabo de forma preponderante en el domicilio del trabajo o en el lugar que este elija, de forma alternativa a que lo ejecute de manera presencia en el centro de trabajo.

Tiene una serie de particularidades y consideraciones, entre las cuales hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Tanto antes de iniciar una actividad laboral como si ya se ha iniciado, debe aparecer por escrito la posibilidad de trabajar a distancia.
  • No hay diferencias en los derechos de los trabajadores por llevar a cabo su labor en una oficina o en su hogar. Solo se reconocen los derechos que son propios de este método de trabajo.
  • El salario a percibir por parte del trabajador debe ser, como mínimo, el correspondiente al grupo profesional y trabajo desempeñado.
  • Los trabajadores a distancia deben contar con derecho a promoción. Además, deben tener la posibilidad de acceder a la formación profesional y estar al tanto de las diferentes ofertas de los nuevos puestos de trabajo que existan en la empresa.
  • Se deben mantener las normas en materia de seguridad y salud.

Quiénes pueden acceder al teletrabajo

La opción de teletrabajar no se encuentra disponible en todos los sectores laborales, ya que se debe cumplir con una serie de características, las cuales permiten el trabajo remoto.

Principalmente, para que un empleado pueda disfrutar de esta modalidad de trabajo es que la actividad se pueda desarrollar desde un ordenador. Además, tal y como establece la ley, es necesario un contrato escrito en el que figure la posibilidad de teletrabajar.

De acuerdo a lo indicado en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, se reconoce a los trabajadores la posibilidad de desarrollar el trabajo a distancia para que se pueda conciliar mejor la vida laboral y privada.

De esta manera, los trabajadores que dispongan de esta posibilidad podrán solicitarlo hasta que sus hijos cumplan los 12 años. Las condiciones vienen establecidas por una negociación colectiva o de manera directa entre la propia empresa y el solicitante. En todo caso, el rechazo o aceptación de la solicitud debe realizarse por escrito.

Requisitos para optar al teletrabajo

No todos los puestos de trabajo se pueden desempeñar desde el hogar, por lo que es la propia empresa la que determine las características o requisitos mínimos para poder desempeñarlo. Para ello deberá tener tanto en cuenta tanto el puesto de trabajo como el propio trabajador.

De forma general podrán acceder al teletrabajo quienes ocupen puestos de trabajos en los que el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) sea importante, además de aquellos en los que la actividad sea bastante o totalmente autónoma y la atención a terceros de forma presencial no sea una de sus funciones principales.

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