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Gran invalidez, el grado máximo de incapacidad laboral

La gran invalidez es el grado máximo de incapacidad laboral en España. Este se otorga en aquellos casos en los que una persona cuenta con una incapacidad permanente, pero además, no puede llevar a cabo tareas básicas cotidianas por ella misma. Es decir, requiere del cuidado de una persona para poder seguir en su día a día.

Gran invalidez, el grado máximo de incapacidad laboral

Dicho lo anterior, la gran invalidez supone el poder percibir un complemento económico junto a la pensión por incapacidad laboral permanente. Este se encuentra destinado para poder hacer frente al pago de la persona que deberá cuidar en su día a día a la persona incapacitado para hacerlo por ella misma.

De acuerdo a la propia definición que da el Instituto Nacional de la Seguridad Social, se define como: Gran invalidez es la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

Requisitos para el cobro de la pensión por gran invalidez

Para poder cubrir el complemento de gran invalidez,  debe haberse dado la situación por una de estas causas: accidente de trabajo; enfermedad común; enfermedad profesional; accidente no laboral.

Asimismo, para poder solicitar la prestación de gran invalidez a la Seguridad Social, es necesario que de manera previa se pueda cumplir y acreditar estos requisitos:

Afiliación a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada de alta

Se debe estar cotizando. La situación asimilada al alta engloba casos especiales como la jubilación anticipada, así como cobrando el paro, con baja por paternidad y maternidad, etcétera.

No obstante, existe una excepción a tener en cuenta; y es que es posible estar en situación de no alta y efectuar la solicitud de la gran invalidez en el caso de que se hayan cotizado 15 años a la Seguridad Social; y de ellos, tres al menos deben haber tenido lugar en los últimos diez años.

No cumplir la edad de jubilación ordinaria

La edad de jubilación ordinaria para el año 2022 es de 66 años y 2 meses, o 65 años cuando se acrediten al menos 37 años y 6 meses cotizados.

Una excepción a este requisito sería que la enfermedad aparezca pasada la edad de jubilación ordinaria pero sea una enfermedad profesional. En este caso, sí podría solicitarse la gran invalidez.

Tener cubierto un periodo mínimo de cotización

El periodo mínimo de cotización puede variar en función de la persona y la causa de la invalidez. Antes de nada hay que tener en cuenta que si la causa es un accidente laboral o una enfermedad profesional no se requiere sete requisitos. Sin embargo, si deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral, tendrán que darse estos supuestos:

  • Estar en situación de alta o asimilada y menor de 31 años de edad: no se exige periodo específico de cotización, pero sí debe tratarse de un periodo genérico el cual englobe parte del tiempo entre los 16 años y el hecho que ha causado esta gran invalidez.
  • En situación de alta o asimilada y de 31 años o más de edad: Se exige un periodo genérico de cotización de un cuarto del tiempo desde los 20 años hasta el momento en el que tuvo lugar la invalidez, con un mínimo de cinco años. En lo que respecta al periodo específico, se necesita que un quinto de este periodo se encuentre comprendido en los 10 últimos años anteriores a que se haya generado la situación de gran invalidez.
  • En situación de no alta se exige un periodo de cotización de 15 años; y se solicita un periodo específico de 3 años en los últimos diez años.

Cuantía de la gran invalidez

La cuantía total a percibir por una persona que tiene una pensión por gran invalidez viene dada por el importe de la prestación por incapacidad permanente más el importe del complemento; y como ya hemos mencionado, que se trata de un complemento que está enfocado a la remuneración de la persona que cuida de la persona incapacitada.

El importe del complemento a percibir por la gran invalidez es el resultado de sumar el 45% de la base mínima de cotización del régimen general más el 30 % de la última nómina del trabajador. Asimismo, hay que tener en cuenta que nunca puede ser inferior al 45% de la pensión que le corresponde a esa persona por incapacidad permanente.

Dicho todo lo anterior, ya puedes conocer cómo funciona la gran invalidez, que como hemos mencionado, se trata del grado máximo de incapacidad laboral en España. Para que pueda solicitarse el mismo, es necesario cumplir con una serie de requisitos como los mencionados, los cuales determinarán de igual manera la cuantía de la gran invalidez. Es importante tenerlo en cuenta a la hora de hablar de incapacidades laborales que se pueden dar a consecuencia de la invalidez en el terreno laboral.

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