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La disolución de una pareja de hecho

Cada vez son más las personas que para dar un paso adelante en su relación sentimental sin contraer matrimonio que deciden inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho. Esto es recomendable para las personas que resuden juntas pero no han contraído matrimonio. Sin embargo, cuando la relación llega a su final por diferentes motivos, será necesario de disolver la pareja de hecho. Te explicamos cómo se hace.

La disolución de una pareja de hecho

Requisitos y supuestos para la disolución de una pareja de hecho

Al igual que sucede en el caso de un matrimonio, con el simple hecho de que uno de los miembros de la pareja manifieste su deseo de disolver la unión se podrá efectuar su cancelación. No obstante, hay que tener en cuenta que hay una serie de supuestos y requisitos que pueden hacer que se lleve a cabo la disolución de una pareja de hecho:

  • Las dos partes, de mutuo acuerdo, deciden proceder a la cancelación de la pareja de hecho ante el Registro de Parejas de Hecho.
  • Una de las partes, sin acuerdo con la otra parte, toma la decisión de proceder a la disolución del vínculo.
  • La pareja contrae matrimonio.
  • Uno de los integrantes de la pareja contrae matrimonio con otra persona.
  • Uno o los dos miembros de la pareja dejan de encontrarse empadronados en la comunidad autónoma en la que formalizaron su relación.
  • Los integrantes de la pareja permanecen separados por un periodo que supera los seis meses.

Además de lo anterior, el Registro de Parejas de Hecho también puede tomar la decisión de finalizar la unión si tiene conocimiento de que no se estén cumpliendo con los diferentes requisitos que están debidamente establecidos.  En este caso tendrá que hacerlo y notificarlo a las partes, aunque no es lo más habitual.

Cómo hacer la disolución de una pareja de hecho

Al igual que sucede con su formalización, la disolución de la pareja de hecho debe realizarse de manera presencial en el Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónoma en la que ambos se encuentren empadronados. Para ello es un requisito el tener que solicitar cita previa, lo cual se puede hacer tanto de manera telemática como presencial o vía telefónica.

Una vez que se llega a este trámite puede realizarse de dos formas diferentes en función de las circunstancias que haya en la propia pareja. De esta manera, nos podemos encontrar con estas dos situaciones:

  • Si hay mutuo acuerdo entre las partes. Ambos se presentarán en el Registro de Parejas de Hecho a la hora y a la fecha que se haya determinado con motivo de la cita previa, para luego ratificar su intención de proceder a cancelar la unión. La disolución de la pareja de hecho tendrá efecto legal desde ese mismo momento.
  • No hay mutuo acuerdo entre las partes. En este supuesto, el interesado en que se produzca la disolución de la pareja de hecho tendrá que comunicar de manera fehaciente a la otra persona su intención de proceder a cancelar la unión mediante pareja de hecho. Para hacerlo se puede recurrir a un burofax o correo certificado.A continuación, una vez comunicado a la otra parte, se personará la persona que quiere deshacer la unión a la hora y fecha estipulada en la cita previa y entregará ese documento al funcionario. Este procederá a disolver la unión y enviar una notificación a la otra parte para que haya constancia de que se ha procedido a la disolución de la pareja de hecho.

Por este motivo, no se deberá recurrir a la vía contenciosa para disolver una pareja de hecho, ni siquiera en aquellos casos en los que una de las partes no está de acuerdo con la decisión tomada por la otra.

No obstante, hay que tener en cuenta que es un trámite que es potestad de cada comunidad autónoma, y las características pueda variar entre las mismas. En todo caso, lo habitual es que tan solo haya diferencias con respecto a la cuantía de las tasas a abonar para poder efectuar dicha disolución de la pareja.

Un trámite rápido y sencillo

El trámite para la disolución de una pareja de hecho  es un procedimiento rápido, sencillo y económico, sobre todo si se compara, por ejemplo, con la disolución de un matrimonio, aunqueen este último haya acuerdo y pueda recurrir a lo que se conoce como divorcio «express». La razón es que no se necesita de un convenio regular mediante el cual se lleve a cabo la liquidación de los bienes ganancias ni se ejecute la separación de bienes ni algo similar.

Asimismo, no se contempla la vía contenciosa, aunque se podría acabar recurriendo a ella en el caso de que se necesite determinar la custodia de los hijos si los hubiera. De esta manera, ya conoces la manera en la que debes proceder en el caso de que quieras disolver la pareja de hecho.

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