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La retirada de la orden de alejamiento

La orden de alejamiento es una medida de protección para la víctima y una pena privativa de libertad para el agresor, impidiendo así que este último pueda residir o acudir a algún lugar en el que haya cometido un delito o donde resida la víctima. Sin embargo, hay quienes tienen muchas dudas con respecto a la retirada de la orden de alejamiento.

La retirada de la orden de alejamiento

Qué es una orden de alejamiento

La orden de alejamiento es una pena privativa de derechos que se encuentra regulada en el artículo 48 del Código Penal. En esta medida se incluye lo siguiente:

  • La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a los mismos. De esta forma, el penado no podrá residir o acudir a aquel lugar en el que haya tenido lugar el delito; o bien aquel en el que resida la víctima y su familia en el caso de que sean distintos.
  • La prohibición de aproximarse a la víctima, a sus familiares y a otras personas que sean determinadas por parte del juez. Esto incluye cualquier lugar en el que estos se encuentren, ya sea su hogar, su lugar de trabajo; y cualquier otro lugar que sea frecuentado por estas personas.
  • La prohibición de mantener comunicación con la víctima, con sus familiares u otras personas que determine el juez a través de cualquier medio de comunicación o medio telemático o informático, e incluyendo tanto el contrato escrito como el visual o el verbal.

El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que así lo permiten.

Requisitos para imponer una orden de alejamiento

Para establecer una orden de alejamiento se necesitan una serie de elementos como son:

  • La víctima tiene que haber procedido a la denuncia del delito correspondiente.
  • La víctima tiene que aportar pruebas suficientes para que se le sea impuesta una orden de alejamiento a la otra persona.
  • La policía deberá aportar un informe de valoración del riesgo de la presunta víctima en el que se aprecie un riesgo medio o alto.
  • El juez estimará si la persona afectada se encuentra en una situación lo suficientemente peligrosa para que se le tenga que imponer una orden de alejamiento a la persona investigada.
  • Tan solo el juez del caso tiene la autoridad correspondiente para imponer la orden de alejamiento.

Decreto de la orden de alejamiento

Existen dos situaciones en las que se puede llegar a decretar una orden de alejamiento, que son las siguientes:

  • Medida cautelar: Este tipo de orden de alejamiento, que se aplica de forma cautelar, se encuentra vigente hasta que exista una sentencia firme.
  • Sentencia firme: En una sentencia firma se puede imponer la orden de alejamiento como pena accesoria de la condena.

Cómo retirar la orden de alejamiento

Tan solo el juez tiene la posibilidad de poner una orden de alejamiento, y tan solo este es el que puede proceder a retirar la orden de alejamiento. Esto siempre se dará en el supuesto de que se trate de una medida cautelar. Si la orden de alejamientos se ha impuesto en sentencia firme como medida accesoria, no podrá retirarse, aunque así sea la voluntad de la víctima.

En el caso de la orden de alejamiento como medida cautelar, podrá dejarse sin efecto si se modifican las circunstancias que provocaron que fuese dictada la medida.

El procedimiento para solicitar la retirada de la orden de alejamiento sin sentencia firme no está regulado, aunque lo habitual es que se presente en el juzgado de instrucción un escrito firmado y ratificado por la víctima en el que se manifiesta la voluntad de retirarla. Para ello tendrá que explicar sus motivos para esta decisión.

Por lo general, los juzgados no tienen en cuenta estas peticiones. Por lo tanto, lo habitual es que haya que esperar a que se celebre el juicio oral, en la que la víctima puede acogerse a su derecho a no declarar. Así, aunque la fiscalía siga manteniendo su acusación, es poco probable que le sea impuesta una orden de alejamiento en la sentencia firme.

Tipos de orden de alejamiento

Existen diferentes tipos de orden de alejamiento que pueden darse, como son las siguientes:

  • Orden de alejamiento de Urgencia: El tribunal expedirá una orden de alejamiento si la persona contra la que se solicita la orden ha cometido un acto de violencia intrafamiliar. Es de urgencia por el riesgo de reincidencia del agresor hacia su víctima.
  • La orden de restricción de acoso civil, que es parecida a la anterior, pero en la que hay la diferencia de que el buscador no es pariente o un miembro de la familia.
  • Orden de restricción: Consiste en proteger a una persona contra el maltrato, acecho, amenaza, acoso físico o sexual. La persona contra la que se dicta se llama «persona restringida». Dentro de esta orden de alejamiento se pueden encontrar diferents subtipos
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