• Menu
  • Menu

Los certificados de últimas voluntades

Cuando una persona fallece en un entorno cercano, es necesario responder a una serie de trámites. Estas gestiones de defunción pueden llegar a ser un tema complejo y un motivo de preocupación. Es necesario, en este sentido, verificar si el difunto dejó o no testamento, debido a que esto no incide en los trámites que deben cumplir los herederos. Esto se puede conocer gracias a la solicitud del certificado de voluntades.

Los certificados de últimas voluntades

Qué es el certificado de últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es un documento que se encarga de acreditar si una persona ha firmado un testamento sobre sus bienes. En caso afirmativo, este indicará ante la notaría en la que se ha realizado el trámite.

Mediante el certificado de últimas voluntades, los herederos pueden acudir a la notaría autorizante del testamento y así solicitar una copia autorizada del mismo. Este certificado es imprescindible para realizar cualquier tipo de acto sucesorio.

El primer trámite que se debe realizar tras el fallecimiento de un familiar es efectuar la solicitud del Certificado de Actos de Últimas Voluntades; y es que este certificado permite conocer la existencia del último testamento válido que haya podido dejar la persona que haya fallecido.

Este trámite puede ser  realizado por parte de los propios herederos. En este sentido es importante tener en cuenta que la información contenida en las últimas voluntades es de carácter público. Esto significa que, cualquier persona que presente la documentación que se ha solicitado; y que ha cancelado las respectivas tasas, tiene la posibilidad de solicitar el certificado que contiene las últimas voluntades del fallecido.

Por norma general, esta opción permite a quienes consideran que tienen derecho sobre una herencia, verificar si pueden reclamar parte de los bienes de la persona fallecida. Por este motivo, los hijos no reconocidos, también pueden llegar a disponer de esta herramienta si lo consideran oportuno.

Dónde solicitar el Certificado de Últimas Voluntades

El Ministerio de Justicia es el organismo encargado de emitir el certificado de actos de última voluntad. En este sentido, la solicitud de este documento se puede realizar en cualquier oficina de gerencia territorial de este organismo.

Asimismo, hay que tener en cuenta que el certificado de últimas voluntades también puede ser solicitado en los Registros Civiles, y en la Oficina Central de Atención al Ciudadano. De manera alternativa puedes solicitarlo a través de internet, para lo cual tendrás que rellenar el modelo 790 en la página web del Ministerio de Justicia.

En cualquier caso, para poder solicitar dicho certificado es necesario que hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha del fallecimiento.

Plazos y requisitos para tramitar el Certificado de Últimas Voluntades

Si el documento es solicitado a través del correo postal, se emite en un plazo de 10 días contados a partir de la recepción de la solicitud. En cambio, si la solicitud se ha realizado de forma telemática, el plazo para poder retirar el certificado de últimas voluntad es de solo 5 días.

Para tramitar el certificado de últimas voluntades es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud 790.
  • Original y fotocopia del certificado de defunción. Este documento debe ser expedido por el Registro Civil de la jurisdicción donde tuvo lugar el fallecimiento.
  • Documento de identidad del solicitante.

En el caso de defunciones a partir del 2 de abril de 2009, tan solo es necesario presentar el DNI del fallecido.

Pasos para solicitar el Certificado de Últimas Voluntades

Una vez que dispongas de toda la documentación requerida será el momento de seguir una serie de pasos para efectuar la solicitud del certificado de últimas voluntades:

Completa el certificado

El primer paso consiste en completar la información solicitada en el impreso de últimas voluntades. Para ello debes tener en cuenta los datos que figuran en el acta de defunción. Una vez que has completado la información, debes acudir a cualquiera de los Registros de la Administración del Estado, o bien dirigirte a las Gerencias Territoriales que se encuentran adscritas al Ministerio de Justicia.

Abono de la tasa

Para acceder al certificado de últimas voluntades tendrás que abonar la tasa correspondiente. Para ello se puede realizar el pago de diferentes formas, una de ellas mediante banca electrónica; y la otra de forma presencial en cualquier entidad financiera de España que se encuentre vinculada con la Agencia Tributaria.

De esta forma, al obtener el certificado, si la persona fallecida ha dejado testamento, tendrás que efectuar la solicitud de la respectiva copia de este testamento en la notaría que corresponda. En el caso de que no haya testamento, es necesario tramitar la Declaración de Herederos Abintestato. Para finalizar, habrá que proceder a aceptar y a repartir la herencia.

Estos son los pasos que se deben seguir para poder efectuar la solicitud del Certificado de Últimas Voluntades de cara a proceder a efectuar las correspondientes gestiones que son relativas a la defunción.

Etiquetas:
Categorías:

¿Alguna duda? Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *