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Los delitos contra la propiedad industrial

La protección de la propiedad intelectual ha estado presente en la legislación a nivel internacional desde el Convenio de París del año 1883; y son unas normas que también están presentes en el ordenamiento jurídico nacional de muchos países. En este caso vamos a hablar de los delitos contra la propiedad industrial, de forma que sepas en qué consisten y cuáles son sus tipos.

¿Qué son los delitos contra la propiedad industrial?

Los delitos contra la propiedad industrial son aquellos que suponen que se infrinjan los derechos exclusivos que proporciona el registro de la propiedad, como son los derechos de explotación, exclusividad, comercialización…, que derivan de haber obtenido uno o varios de estos títulos:

  • Modelos de utilidad
  • Diseños industriales
  • Patentes de invención
  • Signos distintivos por marcas y nombres comerciales
  • Topografías de semiconductores

Estos delitos son perseguidos con el objetivo de que se proteja una actividad innovadora por parte de las nuevas creaciones, así como la propia actividad mercantil al reconocer e identificar la exclusividad de productos y servicios que son lanzados al mercado.

El bien jurídico protegido es el derecho de uso o explotación exclusiva de aquellos elementos u objetos que se encuentran debidamente amparados por alguno de los títulos de propiedad mencionados, si bien previamente deberán haber sido inscritos en en el organismo de registro de la propiedad industrial, que en España es la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Tipos de delitos contra la propiedad industrial

Entre los artículos 273 a 275 del Código Penal aparecen reflejados los diferentes tipos de delitos contra la propiedad industrial, dependiendo del título de propiedad que se vea afectado por parte de la acción delictiva:

Usurpación de patente

El delito de usurpación de patente consiste en la importación, fabricación, posesión, utilización, ofrecimiento e introducción en el mercado de objetos que se encuentren amparados por un modelo de utilidad o patente, que son objetos que se encuentren debidamente inscritos en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Comercialización fraudulenta en los procedimientos patentados

Este delito tiene lugar cuando se usan u ofrece hacer uso de procedimientos objeto de una patente, su posesión o bien su introducción en el mercado, así como cuando se usa un producto que se ha obtenido de forma directa por el procedimiento patentado.

Usurpación de modelo o dibujo industrial o artístico o topografía

El delito de usurpación de dibujo o modelo artístico o industrial o topografía tiene lugar cuando son fabricados, importados, poseídos, usados, ofrecidos o introducidos en el mercado objetos que se encuentran aparados en favor de un tercero por un dibujo o modelo industrial o artístico o topografía de un producto semiconductor.

Usurpación de signos distintivos

El delito de usurpación de signos distintivos, por su parte, se centra en la persecución de la fabricación, producción o importación de productos que usen un signo distintivo idéntico o que pueda llegar a confundirse con uno que ya existe y está registrado.

Las penas para este delito varían en función de si las acciones se llevan a cabo al por menor o al por mayor.

De igual manera, también hay que ser consciente de que se considera que es delito la imitación o reproducción de un signo distintivo idéntico o que pueda llevar a confusión con uno que ya se encuentre registrado, para la comercialización o distribución de productos o servicios.

A esto hay que sumar, que también son delitos contra la propiedad industrial las conductas que tienen que ver con las obtenciones vegetales, cuando tienen lugar con fines agrarios o comerciales, sin el consentimiento del titular de un título de obtención vegetal.

Requisitos para que se considera que existe un delito contra la propiedad industrial

Existen una serie de requisitos que tienen que darse para que se considere que existen delitos contra la propiedad industrial, que son los siguientes:

  • El objeto de patente o marca se debe encontrar previamente y debidamente inscrito en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
  • Debe existir una falta de consentimiento u autorización del titular del derecho de propiedad industrial, como sucede en los casos en los que no hay un acuerdo de licencia para que una marca pueda ser comercializada en otro país diferente al de origen.
  • Debe haber conocimiento de la existencia del registro por parte del autor del delito.
  • Al producto en cuestión se le debe dar una finalidad comercial o industrial.

Multas y penas en delitos contra la propiedad industrial

En el caso de que se de un delito contra la propiedad industrial nos encontramos con que las penas y multas varían en función de la gravedad de la acción ilícita que se haya cometido, así como el valor del bien protegido y los perjuicios ocasionados.

De esta manera nos podemos encontrar desde penas de prisión de 6 meses hasta 4 años, así como multas que pueden variar de 12 a 36 meses, según el tipo, y en algunos de ellos inhabilitación del ejercicio de la profesión con del delito cometido de hasta 5 años.

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