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Qué es el despido disciplinario

Un empresario puede tomar la decisión de dar por extinta la relación laboral que le vincula a un empleado en el caso de que este incurra en un grave incumplimiento. Esta figura se considera que es un despido disciplinario; y en la actualidad, es el tipo de despido que se da con mayor frecuencia en España debido a su carácter subjetivo. Te vamos a hablar acerca de todo lo que debes conocer al respecto.

Qué es el despido disciplinario

Causas del despido disciplinario

En este tipo de despido, debe haber un carácter subjetivo. No obstante, no quiere decir que esto sea opinable, sino que debe encontrarse motivado por razones de peso; y puede ser impugnado por parte del trabajado en el caso de que considere que no es justo. En el caso de que tenga éxito en su reclamación, el empresario deberá abonarle una indemnización por despido. En su defecto, tendría que readmitirlo en la empresa en idénticas condiciones que tenía antes.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, se hace referencia a diferentes motivos, como son los siguientes:

  • Desobediencia al empresario y/o casos de indisciplina.
  • Acudir al puesto de trabajo en situación de embriaguez o bajo el efecto de las drogas de manera habitual, siempre que esto afecte de forma negativa al desempeño de su labor.
  • Abuso de confianza.
  • Faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas.
  • Transgresión de la buena fe contractual.
  • Acoso de cualquier tipo al empresario o a otros de sus compañeros.
  • Disminución voluntaria y continuada del rendimiento en el trabajo.
  • Ofensas a los compañeros, al empresario o a los familiares de cualquiera de ellos, sin importar que sean de carácter físico o verbal.

Con respecto a lo anterior hay que tener en cuenta una serie de aspectos clave. Para empezar, los convenios colectivos pueden recoger listas de faltas muy graves con capacidad de originar despidos disciplinarios. Por otro lado, hay que tener en cuenta el «abuso de confianza» y la «transgresión de la buena fe contractual», pudiendo considerarse como auténticos cajones desastre en los que el empresario puede proceder a alegar cualquier motivo para tratar de beneficiarse de las ventajas que supone el despido disciplinario.

Además de estos dos matices, hay que tener en cuenta la disminución voluntaria y continuada del rendimiento en el trabajo. Es una causa que ha dado lugar a muchos despidos disciplinarios falsos.  Hay que tener en cuenta que, de acuerdo al Convenio 158 de la Organización Internacional de Trabajadores (OIT) suscrito por España, no es suficiente con el desistimiento del empresario para que se extingue una relación laboral con un trabajador.

Procedimiento del despido disciplinario

En el despido disciplinario, el empresario debe notificar de forma escrita al trabajador el mismo, siendo insuficiente comunicárselo de forma oral. Además, el preaviso en despido disciplinario no se necesita. Se hace efecto desde el momento en el que es puesto en conocimiento del empleado.

A continuación, el empresario se encontrará obligado a comunicarlo al sindicato al que se encuentra afiliado, o en su defecto, al representante legal de los trabajadores que tenga la empresa. De acuerdo a ello tendrá que dar un tipo de calificación al despido. Ente ellos se pueden distinguir:

Despido disciplinario procedente

Para que se llegue a dar este tipo de despido, el empresario debe ser capaz de poder acreditar que ha habido un incumplimiento por parte del trabajador, sin que haya lugar a dudas. Asimismo, no tendrá que proceder a indemnizarlo, aunque sí que tendrá que abonarle el finiquito por despido disciplinario que corresponda. Asimismo, deberá facilitarle el certificado de empresa para que pueda tener acceso a la prestación por desempleo.

Despido disciplinario improcedente

En sete caso, el empresario no será capaz de poder acreditar el incumplimiento por parte del trabajador, por lo que no  encuentra obligado a abonarle la indemnización correspondiente por el despido, o en su defecto, tendrá que readmitir al trabajador.

Despido nulo disciplinario

Si se da un despido nulo disciplinario, el empresario tendrá la obligación de proceder a la readmisión del trabajador y de abonarle los salarios de tramitación correspondientes.

Impugnación de un despido disciplinario

El proceso de impugnación de un despido disciplinario debe ser efectuado en un plazo de 20 días hábiles desde el momento en el que se formalice el despido. Esta impugnación debe ser realizada a través de la presentación de la llamada papeleta de conciliación. En ella debe figurar la siguiente información:

  • Categoría profesional
  • Antigüedad en la empresa
  • Lugar de trabajo
  • Salario
  • Condición de representante legal, en el caso de que lo sea
  • Posible afiliación a un sindicato
  • Aspectos contractuales de interés
  • Fecha en la que tuvo lugar el despido.
  • Razones que alega el empresario para la justificación del despido.

El empresario puede rechazar la papeleta de conciliación, caso en el que el trabajador tendrá que presentar una demanda. El empleador tendrá que demostrar la veracidad de los motivos que alegó en su carta de despido.

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