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Qué es el tráfico de influencias

El tráfico de influencias se da en una mayor cantidad de ocasiones de las cuales pueda pensar. En este caso, antes de entrar en profundidad en este delito, hay que saber que consiste en que se consiga que una persona que posee un cargo público, se encargue de dictar una resolución a sabiendas de su injusticia, para así lucrar a una tercera persona o a aquella persona que influencia sobre esa.

Qué es el tráfico de influencias

Regulación del tráfico de influencias

El tráfico de influencias se encuentra debidamente regulado entre los artículos 428 y 430 del Código Penal. El tipo básico aparece reflejado en el primero de ellos, donde aparece en qué consiste este delito.

El art. 428 del CP establece que aquel funcionario o autoridad que tenga influencia en otro funcionario público o autoridad haciendo valer del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación jerárquica o personal con este; o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda ocasionar un beneficio económico para él mismo o un tercero de manera directa o indirecta, incurrirá en una pena de prisión de 6 meses a 2 años; multa del tanto al duplo del beneficio que se persigue; o la obtención e inhabilitación especial para poder ejercer un trabajo o cargo público; y también para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un tiempo de 5 a 9 años. En el caso de que se consiga el beneficio que se persigue, estas penas serán impuestas en su  mitad superior.

Infracciones y conducta del tráfico de influencias

En lo que respecta al tráfico de influencias, hay que tener presente que se pueden sancionar estas infracciones:

  • Influencia con la que cuenta un funcionario público, una autoridad o una persona particular que decide ejercer la misma sobre otro funcionario o autoridad pública; de forma que se busca que estos dicten una resolución determinada que les suponga un beneficio a nivel económico.
  • Ofrecimiento por parte de un funcionario o autoridad pública para dictar una resolución que le favorezca a un sujeto a cambio de regalos, presentes o cualquier otro tipo de remuneración.

La acción que debe tener lugar a la hora de hablar del tráfico de influencias es la sugerencia de que se realiza con ánimo de lucro, con prevalimiento. Es decir, el simple hecho de sugerir no es suficiente para incurrir en un delito de tráfico de influencias; sino que esta debe realizarse por aquel que ostente una situación jerárquica superior, haciendo que así se pueda ejercer una presión moral que no es propia del cargo que ocupa

Aquella persona que comete un delito de tráfico de influencias busca un beneficio a nivel económico. No obstante, hay que tener en cuenta que en este caso, lo que se sanciona, es la influencia que se dirige a dictar la resolución para poder obtener así un beneficio por su acción.

Consecuencias del tráfico de influencias

A nivel jurídico hay que tener en cuenta dos preceptos del Código Penal que establecen las diferentes consecuencias del tráfico de influencias. En primer lugar, el artículo 248 menciona la prisión de 6 meses a 2 años; la inhabilitación especial para ejercer un cargo o empleo público de 5 a 9 años; y multa del tanto al duplo del beneficio que se ha obtenido o se ha tratado de conseguir.

Por otro lado, el artículo 249 establece las siguientes consecuencias: prisión de 6 meses a 2 años; multa del tanto al duplo del beneficio obtenido o perseguido; y la prohibición de contratar con el sector público y la pérdida de la posibilidad de llegar a conseguir subvenciones o ayudas públicas y del derecho a poder disfrutar de incentivos fiscales y de la Seguridad Social de 6 a 10 años.

Es necesario indicar que estos artículos hacen referencia al beneficio que se ha obtenido, y en el caso de que se obtenga, las penas serán impuestas en su mitad superior.

Responsabilidad penal por tráfico de influencias

En el artículo 430 del Código Penal se indica que las personas jurídicas pueden tener una responsabilidad penal en un delito de tráfico de influencias. En este se establece que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 31 bis, una persona jurídica tenga reponsabilidad con los delitos recogidos en el Capítulo, se impone una pena de multa de 6 meses a 2 años.

Hay que ser consciente de que en el artículo 66 bis del Código Penal también se indica que es necesario que concurran una serie de requisitos y características para la aplicación de las penas. Son unos requisitos que se corresponden con lo siguiente:

  • La necesidad de llevar a cabo la prevención de la continuidad de la actividad delictiva y de los efectos.
  • Puede tener una serie de consecuencias sociales, económicas y los efectos por parte de los propios trabajadores.
  • El puesto que la persona física u órgano que incumplió el deber de control que ocupaba en la estructura de la persona jurídica.

Las penas a aplicar irán variando en función de la gravedad.

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