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Qué es la inspección de trabajo

Ante la visita de un inspector de trabajo o subinspector de empleo surge la duda de la manera en la que se debe actuar o como comportarse. Si te vas a enfrentar por primera vez a ella, te convendrá conocer qué es la inspección de trabajo, así como los documentos que pueden ser solicitados y diferentes aspectos que debes tener presentes a la hora de hacerles frente.

Qué es la inspección de trabajo

¿Qué es una inspección de trabajo?

Ante la visita de un inspector de trabajo es habitual pensar que llega por una denuncia previa, pero hay que tener en cuenta que no siempre ocurre de esta forma; y es que su función es la de controlar y vigilar a empresas y trabajadores para poder certificar que cumplen con sus responsabilidades administrativas, de acuerdo a lo fijado por la ley; y además se encargan de asesorar e informar en materia laboral y de Seguridad Social. Por este motivo, cualquier empresa puede recibir en cualquier momento una visita por parte de un inspector de trabajo.

Teniendo lo anterior presente, hay que saber que cualquier negocio es susceptible de recibir la visita de un inspector de trabajo, debiendo ser consciente de que no es necesario que haya un aviso previo; y tampoco tiene por qué haber habido una denuncia previa a nuestra empresa por parte de la Seguridad Social, ya que puede tratarse de un procedimiento puramente rutinario.

De esta manera, son susceptibles de recibir una inspección de trabajo personas físicas y jurídicas, privadsa y públicas y comunidades de bienes, en los lugares en los que se preste el trabajo. Sin embargo, dado la normativa específica que tienen , no pueden acudir a centros de trabajo, establecimientos, locales e instalaciones en las que su vigilancia esté atribuida a otros órganos de las Administraciones Públicas que tengan su normativa específica; y en los centros y establecimientos militares dependientes de la Administración militar.

Cómo actuar ante una inspección de trabajo

Lo primero a tener en cuenta que es no es posible negarse a una inspección en el centro de trabajo, independientemente de que haya o no un preaviso. Este inspector actúa en representación de la autoridad, y si se le impide la entrada en la empresa podrá solicitar la ayuda de las fuerzas del orden para que se facilite la entrada por la fuerza.

De esta manera, tanto el propio inspector de trabajo como los ayudantes que puedan ir junto a él, pueden tener acceso a cualquier instalación o centro de trabajo sin que haya previo aviso, pero además tienen la posibilidad de exigir que haya un trabajador que les acompañe durante la visita, sin que este se pueda negar a ello.

Además, hay que tener presente que el inspector debe identificarse para poder solicitar el acceso a todas las instalaciones, pero puede iniciar la inspección en anonimato con el objetivo de que la inspección resulte exitosa. No obstante, en el caso de que tu centro de trabajo coincida con tu domicilio, necesitará de tu consentimiento o una autorización judicial para poder entrar.

Asimismo, el inspector puede reclamar que se le presente documentación, indicarte que le acompañes durante la visita, pedir que identifiques a las personas que estén presente en el centro de trabajo, solicitar tu requerimiento en las oficinas públicas, tomar muestras, etcétera. Ante una negación a cualquiera de estos requerimientos u otros, es motivo de sanción.

Documentos que pueden ser solicitados en una inspección de trabajo

Los inspectores de trabajo presentan diligencias o escritos tras una inspección en las empresas en las cuáles puede ser incluido el requerimiento de facilitar algunos de estos documentos:

  • Parte de Alta y justificantes de pago de las cuotas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  • Recibos de salarios
  • Parte de alta y baja de los trabajadores
  • El justificante de que la empresa está inscrita en la Seguridad Social
  • Escritura de constitución de la sociedad
  • Declaración del Impuesto de Sociedades
  • Declaración de retenciones del IRPF
  • Los justificantes de que se está pagando a la Seguridad Social
  • Resumen de horas extraordinarias
  • Los contratos de trabajo presentados ante la oficina de empleo y el justificante de su comunicación
  • Documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales: medidas de protección, material preventivo de accidentes de trabajo, resultados de los controles de salud, evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva, una relación sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan durado más de un dia, etc.
  • Documento de asociación (a efectos de accidentes de trabajo)
  • Justificantes de aplazamientos y fraccionamientos de pagos de cuotas a la Seguridad Social
  • Declaración de operación con terceros
  • Escritura de constitución de la sociedad
  • Declaración del Impuesto de Sociedades
  • Declaración de retenciones del IRPF
  • Declaración de operación con terceros
  • Documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales: medidas de protección, material preventivo de accidentes de trabajo, resultados de los controles de salud, evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva, una relación sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan durado más de un dia, etc.
  • Documento de asociación (a efectos de accidentes de trabajo)
  • Justificantes de aplazamientos y fraccionamientos de pagos de cuotas a la Seguridad Social
  • Comunicación de apertura de la autoridad laboral
  • Cuadro horario y calendario laboral
  • En el caso de que tengas en tu empresa trabajadores extranjeros, las autorizaciones de trabajo y documentación de los trabajadores.
  • Libro de contabilidad (diario mayor y balances)
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