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Qué es la Ley de Usura

La Ley de Usura es una norma del año 1908 que aún se encuentra vigente en el ordenamiento jurídico español; y mediante la cual es posible llevar a cabo la impugnación de créditos usurarios o abusivos. En los últimos años ha tenido una gran relevancia, por lo que conviene conocer en qué consiste.

Qué es la Ley de Usura

Las diferentes crisis y prácticas bancarias como los intereses abusivos o las tarjetas revolving han hecho que esta ley haya copado un gran protagonismo en los últimos tiempos; y es que numerosos tribunales han determinado nulos los préstamos personales y cláusulas de intereses de acuerdo a la mencionada Ley de Usura.

Diferentes jueces han analizado las situaciones de las personas afectadas que no han podido pagar sus préstamos, y tras evaluar las condiciones incluidas en muchos de estos contratos, resultó claro como los clientes que habían pedido pequeñas cantidades a préstamo llevaban más de una década abonando las cuotas, sin terminar nunca de amortizar el préstamo.

Una vez que dejaron de pagar, las financieras indicaban que tras diferentes años de pago puntual, aún seguían debiendo lo mismo prácticamente que el primer día, lo que hizo que recobrase fuerza el control de la usura.,

¿Qué es la Ley de Usura?

La Ley de Usura se encarga de determinar la nulidad de los contratos de préstamos cuando puedan llegar a tener la consideración de usurarios. Se consideran como tales los siguientes:

  • Aquellos préstamos que son aplicados con un interés que es de forma notable superior al normal del dinero. Además, hay que tener en cuenta la situación en la que fue prestado el dinero; y esto viene a operar como una cláusula ética que se encarga de proteger a aquellos prestatarios que no tienen experiencia o que se encuentran en una situación de necesidades.
  • Los préstamos en los que se haya simulado haber entregado más dinero del que realmente se ha prestado. De esta forma se busca evitar que el prestamista apuesta por disfrazar como capital los intereses que busca cobrar.

En el artículo 3 de la Ley de Usura se indica que el prestatario solo tiene que devolver el capital, sin intereses, en aquellos casos en los que se vea anulado el préstamo usurario. Por este motivo, hay que decir al respecto lo siguiente:

  • En aquellos casos en los que se haya abonado una cifra que es superior a la recibida, será posible efectuar la reclamación de la devolución del excedente al prestamista. Así, el préstamo quedará amortizado y quién lo recibió podrá recuperar su dinero.
  • Si la cantidad que abonó el prestatario fuese inferior al capital prestado, este pasará a tener solo que abonar aquello que reste del mismo, sin que tenga que hacer frente al abono de los intereses.

Asimismo, hay que tener en cuenta que la Ley de Usura regula otros elementos, como son el préstamo a incapacitados o a menores. No obstante, hay que tener en cuenta que el elemento que despierta mayor intereses es que resulta aplicable sobre cualquier tipo de préstamo sin que importe la garantía o forma del mismo. Esto ha hecho posible que se aplique esta ley sobre tarjetas revolving y similares, que, de alguna manera, operan de una manera idéntica o similar a los préstamos.

Cuando los intereses determinan que es nulo un préstamo personal

De acuerdo a la Ley de Usura,  hay que tener en cuenta que esta norma se produce cuando el interés excede de forma notable el interés normal del dinero. Por este motivo, es clave acudir a la jurisprudencia para poder determinar que intereses son usurarios.

También hay que tener en cuenta que ese puede llegar a aplicar para la anulación de préstamos usurarios entre empresas.

En primer lugar hay que tener en cuenta que para la determinación del interés máximo legal permitiendo en España se debe considerar la TAE y no el TIN aplicable sobre el préstamo. Este indicador es el que incluye el precio de comisiones.

Por otro lado, se debe atender al interés medio de los préstamos en cada tipo de operación. No obstante hay que tener en cuenta que aunque la jurisprudencia pueda considerar usurario duplicar el interés medio, esto no quiere decir que cualquier tipo inferior llegue a ser legal; y es que hay que recalcar que en la Ley de Usura se incluye la cláusula «ética».

De esta forma, se debe atender a las circunstancias de cada caso en particular, lo que permite considerar que son usurarias unas condiciones que sean de menor agresividad, pero que sean impuestas por el prestamista aprovechándose de la situación de necesidad del prestatario o de su inexperiencia.

Caducidad o prescripción de la usura

La usura atenta contra las bases del tráfico económico. Por este motivo, la nulidad de este tipo de préstamos es radical, lo que hace que la acción para impugnarlos pueda prescribir o caducar. De esta manera, en un principio puede anularse incluso un préstamo que ya ha sido amortizado; y esto puede llevar a que se recupere el dinero perdido en intereses o comisiones.

No obstante, no se permite la apreciación de oficio, por lo que para recuperar el dinero, se debe actuar de forma personal reclamando de acuerdo a la Ley de Usura.

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