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Qué es un delito

Un delito es una infracción o conducta que es contraria al ordenamiento jurídico y que, por este motivo, es castigado con una pena o sanción. En el artículo 10 del Código Penal se establece que son delitos aquellas acciones y omisiones dolosas e imprudentes que se encuentran penadas por la ley.

Que es delito

No obstante, a la hora de hablar de delito hay que tener en cuenta una serie de particularidades acerca del mismo. De esta forma se podrá entender bien y saber cuando existe realmente un delito o no.

La características de un delito

Los delitos son comportamientos que son adversos a la ley y que, por este motivo, son merecedores de una pena o castigo. De esta forma, se pueden definir, principalmente, por las siguientes características:

  • Aquellos actos y comportamientos que son culpables y contrarios al derecho.
  • Sancionados penalmente.
  • Acciones contrarías a la ley y tipificadas en la misma.

Cuando una infracción o conducta no es considerada lo suficientemente grave como para ser considerado un delito, recibe el nombre de delito leve. Hasta la reforma del Código Penal del año 2015, estos eran considerados faltas; y además se tipificaban de manera separada en la ley.

Es importante tener en cuenta que tan solo se pueden considerar delictivas las conductas que así lo sean teniendo en cuenta la tipificación de la ley. En el caso de España, deben encontrarse en el Código Penal. Esto quiere decir que, aquellos comportamientos que no estén de manera explícita recogidos en el Código Penal, independientemente de la consideración acerca de ellas, no podrán ser consideradas un delito. Esto es debido a que el sistema de justicia penal en España está regido por el principio de tipicidad.

Entre los elementos principales del delito se encuentran los siguientes:

  • Acción. Es toda conducta humana con trascendencia exterior.
  • Antijuridicidad. Debe ser contrario al derecho penal, de acuerdo a las normas y delitos tipificados en el Código Penal.
  • Tipicidad. La existencia de una acción humana antijurídica descrita en la ley penal.
  • Culpabilidad. Para poder responsabilizar a una persona por un hecho delictivo, debe ser imputable.
  • Punibilidad. Un delito requiere que se pueda imponer una pena o castigo por ello, que debe ser proporcional la gravedad del hecho que haya sido cometido.

Clasificación de los delitos

Los delitos se pueden clasificar de diferentes formas, empezando por la existencia de delito por comisión, cuando un individuo realiza un acto delictivo; y continuando por el delito de omisión, cuando la infracción consiste en eludir lo marcado por la legislación.

Además, en función de la culpabilidad es posible distinguir entre delitos dolosos, que se llevan a cabo siendo consciente de que el resultado de la acción es doloso; y delitos imprudentes o culposos, cuando no se pretende el resultado ocurrido, pero tampoco se hace nada por evitarlo.

Asimismo, según la perseguibilidad y eficacia del perdón es posible distinguir entre delitos privados, públicos y semipúblicos.

Lista de delitos

A la hora de hablar de delitos podemos encontrar los siguientes tipos:

  • Contra las personas: homicidio, asesinato, lesiones.
  • Contra el honor: injurias y calumnias.
  • Delitos contra la libertad: acoso, coacción, secuestros, detenciones ilegales, y amenazas.
  • Delitos contra el patrimonio: daños, hurto, robo con fuerza, robo con violencia, apropiación indebida, receptación, delitos societarios, extorsión, administración desleal, extorsión, usurpación, delitos de propiedad industrial e intelectual.
  • Económicos: Estafa, estafa procesal, fraude, insolvencia punible, alzamiento de bienes y blanqueo de capitales.
  • Contra la salud pública: Tráfico de drogas y negligencias médicas.
  • Delitos contra la Administración Pública: exacciones, fraudes, prevaricación, malversación, cohecho, tráfico de influencias, abuso de autoridad y abandono de destino.
  • Delitos contra la seguridad vial: Exceso de velocidad, conducción temeraria, alcoholemia.
  • Contra la libertad e indemnidad sexual: exhibicionismo, abuso sexual, prostitución, explotación sexual, agresión sexual, acoso sexual.
  • Contra la Constitución: rebelión, odio.
  • Delitos informáticos: piratería.
  • Delitos de falsedades: intrusismo profesional, falsedad documenta, usurpación del estado civil, falsificación de moneda.
  • Contra la intimidad: revelación de secretos.
  • Contra la inviolabilidad del domicilio: allanamiento de morada.
  • Delitos contra la Administración de Justicia: falso testimonio, connivencia, simulación de delitos, encubrimiento, obstrucción a la justicia, deslealtad profesional, quebrantamiento de condena.
  • Delitos contra el orden público: enaltecimiento del terrorismo, atentados, sedición, desobediencia, desorden público y desobediencia.
  • Contra la integridad moral: violencia doméstica.
  • Contra la integridad personal: violencia de género.
  • Delito de omisión: omisión del deber de socorro.
  • Delitos contra los derechos y deberes familiares: sustracción de menores, abandono de familia.
  • Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social: delitos fiscales.
  • Contra los derechos de los trabajadores.
  • Delitos de lesa humanidad y contra la comunidad internacional.

La prescripción de un delito

La prescripción de un delito consiste en la extinción de la responsabilidad penal por haber transcurrido un tiempo razonable desde que el delito fue cometido. No existe un plazo único para ello, ya que depende de las penas máximas que se encuentren previstas para cada uno de ellos.

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