En boca de muchos ha estado el Expediente de Regulación Temporal de Empleo, más conocido como ERTE, durante la pandemia sanitaria del coronavirus. Muchas empresas decidieron acogerse a este tipo de ERE, para lo cual hay que cumplir con una serie de requisitos legales. Gracias a él es posible, de forma temporal, reducir la jornada laboral o suspender contratos de trabajo de parte o la totalidad de su plantilla de trabajadores, todo ello con el objetivo de tratar de proteger la viabilidad de la empresa.
El ERTE se encuentra debidamente recogido en el artículo 47,1 del Estatuto de Trabajadores, que reza lo siguiente: La empresa podrá reducir temporalmente la jornada de trabajo de las personas trabajadoras o suspender temporalmente los contratos de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de carácter temporal, con arreglo a lo previsto en este artículo y al procedimiento que se determine reglamentariamente.
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¿Cuál es la diferencia entre un ERE y un ERTE?
Aunque es posible considerar que el ERTE es un tipo de ere, hay que tener en cuenta que al referirnos a Expediente de Regulación de Empleo (ERE) hacemos referencia a los ERE de extinción, es decir a los que suponen que se finaliza el contrato de trabajo definitivamente.
Esto no ocurre en el caso de los ERTE, que son de carácter temporal. Esto hace que sea obligatoria la reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo en las mismas condiciones de las cuales disfrutaba antes del ERTE cuando este llegue a su fin.
Asimismo, en el caso de un ERE de extinción, al ser una forma de despido, el empleador tiene la obligación de indemnizar a los trabajadores afectados de las maneras establecidas en la ley. En un ERTE, en cambio, el empleador no tiene que llevar a cabo ninguna indemnización, ya que se trata de una medida temporal que no supone la finalización del trabajo.
Obligaciones del empresario y derechos del trabajador en un ERTE
Cuando hablamos de qué es un ERTE hay que tener en cuenta tanto las obligaciones del empresario como los derechos del trabajador. En cuanto a las primeras, hay que tener en cuenta que a diferencia de lo que ocurre con los ERE de extinción, en un ERTE, el empresario tiene la obligación de reincorporar a los trabajadores en las mismas condiciones que tenían con anterioridad al ERTE. De igual modo, la empresa se encuentra obligada a mantener a sus trabajadores dados de alta y pagando, por lo tanto, su aportación a la Seguridad Social.
En lo que respecta a los derechos del trabajador, debemos destacar que los afectados por un ERTE tienen derecho a impugnarlo ante los tribunales cuando consideren que no se dan las circunstancias que lo puedan justificar a nivel legal. Además, mientras dure el Expediente de Regulación Temporal de Empleo, el trabajador tiene derecho a percibir la prestación por desempleo, siempre y cuando cumpla con los requisitos que se necesitan para ello.
Por otro lado, los trabajadores afectados tienen derecho a ser readmitidos una vez concluya el expediente; y además en idénticas condiciones laborales a las disfrutadas antes del ERTE.
Tipos de ERTE
Existen dos tipos diferentes de ERTE, que depende de si tiene que ver con la reducción de la jornada laboral de los empleados o la suspensión del contrato de trabajo. De esta manera podemos diferenciar entre:
ERTE de reducción de jornada
El ERTE de reducción de jornada hace que los trabajadores que se vean afectada por este ERTE vean como su jornada laboral se reduce durante un tiempo determinado. Esto puede darse reduciendo las horas de la jornada de trabajo de cada día, o haciendo que trabajen menos días a la semana.
Durante un ERTE, los empleados afectados pueden cobrar la prestación por desempleo por la parte que corresponda a la jornada de trabajo que se ha visto reducida. En el Estatuto de los Trabajadores se indica que la reducción de jornada podrá ser de entre un diez y un setenta por ciento y computarse sobre la base de la jornada diaria, semanal, mensual o anual.
ERTE de suspensión de contratos de trabajo
En un ERTE de suspensión de contratos de trabajo, por su parte, en lugar de que los empleados vean como su jornada de trabajo se reduce, lo que sufrirán será la suspensión de sus contratos de trabajo; y lo harán como en el caso anterior durante un periodo de tiempo determinado.
El trabajador, por tanto, no podrá acudir a sus puesto de trabajo y la empresa no pagará su salario, pero no es un despido, ya que una vez finalice el ERTE por llegar al fin la causa que lo provocó, el empleado volverá a ocupar el puesto de trabajo que ocupaba antes del ERTE; y lo hará en las mismas condiciones. Durante el tiempo de suspensión del contrato, lo trabajadores cobrarán la prestación por desempleo.
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