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Qué es una querella

Al hablar de derecho penal o procesal, nos encontramos habitualmente con el término querella. Sin embargo, hay muchos que no saben en qué consiste realmente, y por ello vamos a tratar de solucionar tus dudas a lo largo de la siguientes líneas.

Qué es una querella

¿Qué es una querella?

Una querella es la declaración escrita por parte de una persona que decide hacer una solicitud para la apertura de un procedimiento penal en el que él, como querellante, será parte. A través de dicha declaración se pone en conocimiento del Juez la concurrencia de unos hechos que pueden ser constitutivos de delito.

La persona que presenta dicha declaración recibe el nombre de querellante, y la otra parte, contra quién se presenta la misma, es el querellado.

La querella se encuentra regulada en los artículos 270 a 281 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se debe diferenciar de la denuncia en que en este caso no se pone en conocimiento de la Policía o Guardia Civil, sino que en su lugar es interpuesta de forma directa ante el juzgado competente.

Las partes de la querella

Cuando hablamos de una querella hay que tener claro que existen dos partes diferenciadas, de las cuales vamos a hablar a continuación, y que son la parte acusadora y la parte acusada:

Parte acusadora

Cuando nos referimos a la parte acusadora, nos encontramos con diferentes posibilidades, que son las siguientes:

  • Fiscal. El fiscal puede convertirse en parte acusadora en una querella en aquellos delitos que no se encuentran reservados a la querella privada por injuria y calumnia; y también en aquellos delitos en los que el ofendido es un menor de edad o con discapacidad qu enecesite una especial protección
  • Acusador particular. Se trata de la persona que es ofendida por parte del hecho delictivo.
  • Acusador privado. Es la persona que se ha visto ofendida por delitos de calumnia o injuria, pudiendo ser querellantes todos los ciudadanos perjudicados, ya sean extranjeros o españoles. Si hay perdón por parte del ofendido se da por finalizada la acción penal y se archiva el procedimiento.
  • Acusación popular. Se trata de la persona que no es perjudicada ni ofendida por los hechos delictivos pero que interviene en el propio proceso penal para solicitud de una pena para el autor de los mismos. Hay que tener en cuenta que solo personas físicas o jurídicas españolas pueden llegar a intervenir como acusación particular.
  • Acusador civil. En este caso, es una persona la que ejerce la solicitud de que le sea reparado un daño que le ha sido provocado o bien busca recibir la indemnización que le corresponde por ello.

Parte acusada

En lo que respecta a la parte acusada, podemos distinguir entre dos posibilidades:

  • Investigado o imputado. Es el presunto autor de los hechos delictivos.
  • Responsable civil. Es la persona que es civilmente responsable de los hechos delictivos, tales como autores y cómplices.

Clases de querella

Principalmente podemos distinguir dos tipos diferentes de querella, que son las siguientes:

Querella privada

La querella privada es aquella que es presentada por parte del particular que se vea ofendido por un delito. Existen algunos delitos que solo son perseguibles si se presenta querella por el perjudicado, como sucede en el caso del delito de injurias y calumnias.

Querella pública

La querella pública es aquella que presenta el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad.

Tipos de delitos que son objeto de querella

A la hora de hablar de los tipos de delitos que son objeto de querella hay que tener en cuenta que podemos encontrarnos con los siguientes:

Delitos públicos

Son aquellos que afectan al orden público, como es el caso del asesinato. Son delitos que son perseguibles de oficio, es decir, la justicia que actuará en el momento que tenga conocimiento del hecho delictivo. Por este motivo, no se requiere ni de denuncia ni querella. No obstante, hay que tener en cuenta que la persona ofendida por un delito público puede intervenir como acusación particular.

Delitos semipúblicos o semiprivados

En este tipo de delitos el ofendido puede presentar o no la querella. Si la presenta como acusación particular dan comienzo las actuaciones correspondientes; y si no se presentan será necesario que haya una denuncia del hecho delictivo.

En este tipo de delitos se encuentran los acosos, agresiones, abusos sexuales y abandono familiar.

Delitos privados

Los delitos privados son delitos que solo pueden ser perseguidos por la justicia cuando la persona perjudicada presenta una querella. La injuria y la calumnia se trata de delitos privados.

La querella es la única manera de poder dar comienzo a las actuaciones judiciales en los delitos privados. No obstante, si el perjudicado es un funcionario público, autoridad o agente de la autoridad, y la injuria o calumnia se refiera al desempeño de sus funciones, sí que será perseguido de oficio. De esta manera, ya conoces qué es una querella y cuáles son sus tipos.

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