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Quebrantamiento orden de alejamiento

El quebrantamiento de una orden de alejamiento supone el incumplimiento de una medida cautelar impuesta por el Juez. El acusado, habiendo sido comunicado de la prohibición de acercamiento y mientras se encuentre en vigor, no cumple con lo establecido. Será condenado cuando se determine que este quebrantamiento fue intencionado, es decir, que no fue un encuentro casual. Es un delito grave que conlleva penas de prisión.

Quebrantamiento orden de alejamiento

¿Qué es una orden de alejamiento?

La orden de alejamiento impide la comunicación o acercamiento a una persona. Es una medida que se impone como protección a la víctima o sus familiares.

El sujeto con la prohibición ve limitada su circulación ambulatoria con respecto a la otra parte. En este contexto se prohíbe residir en el mismo lugar donde se originó el conflicto. Además del acercamiento a la vivienda se incluyen lugares de trabajo y zonas de frecuentación habituales por la víctima.

Con respecto a la comunicación queda prohibido todo intento de contacto por cualquiera de los canales posibles. Esto significa que una llamada telefónica, correo electrónico o mensaje por cualquier red social, son suficientes para ser acusado de quebrantamiento de orden de alejamiento.

¿Quién fija la orden de alejamiento?

La única persona con competencia para dictar una orden de prohibición de acercamiento es el Juez. En ningún caso podrán las Fuerzas de Seguridad del Estado imponer esta medida.

Sin embargo, sí es parte de sus funciones recabar las declaraciones de la víctima y hacer una valoración. Esto se transmite al juzgado de instrucción para que resuelva.

Supuestos en los que se fija orden de alejamiento

La orden de alejamiento se fija a instancia de parte o cuando el Juez considere que existe riesgo para la víctima. En todo caso, debe existir una denuncia previa.

  1. Instancia de parte: la víctima interpone una denuncia y solicita la prohibición del acusado para acercarse o entablar cualquier tipo de comunicación.
  2. Decisión judicial: de la evaluación de los elementos probatorios o de las propias declaraciones de la víctima, el Juez entiende que existe un riesgo por lo dicta la medida de protección.

Los delitos más comunes de los que se intenta proteger con estas medidas son:

  • Contra la libertad sexual.
  • Contra la integridad física, moral o la vida.
  • Contra la seguridad o la libertad.

Tipos de orden de alejamiento

Una prohibición para acercarse a la víctima puede corresponder a dos tipos de medidas.

  1. Cautelar o provisional: de forma previa a la condena, cuando se inicia el proceso penal se dicta la orden de alejamiento. Esta es una manera de evitar que el acusado se contacte y de prevenir cualquier riesgo posible.
  2. Definitiva: en el momento de la condena por el delito cometido, se complementa con una orden de alejamiento. Es parte de la sentencia, y del tiempo fijado se descuenta aquel que transcurrió en la fase de instrucción.

Plazos de una orden de alejamiento

Estas medidas tienen un plazo límite. En la generalidad de los casos, se puede decir que los plazos de restricción de acercamiento serán en una medida cautelar hasta el momento de la sentencia.

En el caso de las medidas definitivas, puede variar el plazo según la gravedad del delito cometido. Ejemplos:

  • Leve, 6 meses.
  • Grave, 1 año.
  • Muy graves, hasta 5 años.
  • Extremos, hasta 10 años.

Penas para el quebrantamiento de orden de alejamiento

Si el juez declara culpable de quebrantamiento de una orden de alejamiento, la sanción penal es la prisión. El tiempo previsto es entre 6 meses y un año. Por este motivo es fundamental acatar la orden y evitar todo tipo de contacto.

Defensa del acusado de quebrantamiento orden de alejamiento

El abogado defensor puede recurrir a diferentes estrategias para una defensa idónea. Esta elección podrá diferir entre los diferentes casos según las circunstancias.

Orden fuera de vigor

Para que exista un delito, la prohibición de acercarse a la víctima debe estar en vigor. Si se demuestra que esta no fue notificada en tiempo y forma o que su plazo había expirado al momento del hecho, no existe un quebrantamiento.

Quebrantamiento sin intención

Es esta una de las causas de quebrantamiento muy habituales en ciudades pequeñas. Es común que los imputados estén a una distancia inferior a la fijada en la orden de restricción, pero sin ninguna intención. Si se demuestra que el hecho es fortuito y no hubo un intento de contacto planificado, será exonerado de culpa.

Es fundamental que quien posea la orden de restricción se aleje de manera inmediata cuando detecte un acercamiento de este tipo. Es decir, si se encuentran en un mismo restaurante debe retirarse inmediatamente.

Falsa acusación

No es extraño que se acuse de quebrantamiento de orden de restricción solo por conjeturas. Un caso común es que la víctima sufre un acto de violencia en su domicilio y acusa al prohibido de acercamiento. El abogado centrará la defensa en la falta de elementos probatorios para tal acusación.

Otro supuesto posible es desacreditar los testimonios de la víctima o sus testigos. Cuando como prueba se presenta la declaración de un familiar, pareja o vecino, se considerará un testimonio falso por intereses encontrados.

Solicitud de retirada de orden de alejamiento

De la misma manera que el Juez es la única persona facultada para dictar orden de alejamiento, es el competente para ordenar su retirada. Y esto solo será posible cuando es una medida cautelar y ante un cambio de circunstancias que le dieron origen a la orden.

Cuando se trata de una medida preventiva, es decir que es parte de una sentencia, no es posible la retirada aún con pedido de la víctima.

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