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Testamento con hijos

El testamento es un acto jurídico por el cual una persona expresa su voluntad, decidiendo la distribución de sus diferentes bienes tras su fallecimiento. El conjunto de bienes que se reparten a través de un testamento denominado herencia, con unas personas que reciben los mismos llamadas herederos. Aunque se trata de un documento que no es obligatoriosí es muy recomendable para evitar conflictos entre posibles herederos.

Testamento con hijos

Características de un testamento

La tramitación de testamento en Bilbao es necesaria para distribuir los diferentes bienes que una persona, el testador, ha decidido distribuir una vez que ha fallecido. Al hablar de sus características hay que tener en cuenta que un testamento es un acto unilateral, libre y revocable. De esta manera, no se puede realizar bajo coacción o amenazas y, en el caso de que haya un testamento posterior, se anula el anterior y es solo válido el último realizado.

Asimismo, es importante tener en cuenta que no puede testar cualquier persona. Por norma general, puede testar cualquier persona mayor de 14 años, siempre y cuando no tenga una incapacidad mental.

Tipos de testamentos

Existen diferentes tipos de testamento que se deben conocer para entender mejor su funcionamiento. Principalmente podemos distinguir tres testamentos comunes, que son los siguientes:

Testamento ológrafo

El testamento ológrafo es aquel que se encuentra escrito por el propio testador. Para que sea válido debe encontrarse escrito cumpliendo con una serie de requisitos. Para empezar solo puede ser otorgado por personas mayores de edad y estar escrito de puño y letra por el testador.

Este irá firmado por el propio testador, haciendo figurar el día, mes y año en el que se otorga. Si tiene palabras enmendadas, tachadas o entre reglones serán salvadas por el testador bajo su firma. Si el testador es extranjero, podrá escribirlo en su idioma natal. Si no cumple con estos requisitos será considerado nulo.

No es necesario presentarlo ante notario antes de su fallecimiento; y es importante saber que se debe protocolizar dentro de los 5 años siguientes al fallecimiento del testador.

Testamento abierto

El testamento abierto es el más habitual. En él el testador expresa su última voluntad ante notario, quién queda enterado de su contenido. Para que sea válido, el testador manifestará de manera oral o escrita su última voluntad, haciendo cumplir con una serie de requisitos.

Debe indicarse la fecha y hora del otorgamiento y, además, el notario leerá en voz alta el testamento para que el testador confirme su voluntad, procediendo a firmarlo si está conforme. También identificará al testador y hará constar que posee la capacidad legal necesaria para otorgarlo.

En el caso de que haya peligro inminente de muerte o de epidemia, se puede efectuar un testamento abierto sin la presencia de notario, tal y como recogen los artículos 700 y 701 del Código Civil.

Testamento cerrado

El testamento cerrado tiene lugar cuando el testador, sin revelar su última voluntad, manifiesta que esta se encuentra en el documento que entrega al notario. Este testamento es escrito, y si está redactado con su puño y letra se colocará su firma al final. Si está escrito por un tercero o mecanografiado, el testador firmará en todas las hojas y al pie del testamento; y si no puede firmar lo hará por él otra persona expresando la causa de la imposibilidad.

¿Por qué es importante hacer testamento?

Dada la importancia que tiene el testamento para evitar problemas a la hora de heredar, lo más aconsejable es ponerse en manos de profesionales como Heredaria. De esta manera podrás recibir el mejor asesoramiento profesional al respecto de cualquier tipo de herencia.

Cabe decir que es muy recomendable hacer un testamento para que hereden los hijos. La razón es que es un procedimiento sencillo y económico que permite decidir sobre el destino de los bienes. Así, se podrá saber que este se cumplirá cuando la persona ya no esté.

Es la mejor manera de poder ordenar los deseos, ya que hace constar de manera legal la voluntad, haciendo que se facilite la transmisión de los bienes; y evitando así problemas futuros a los hijos u otros familiares.

La opción más segura, cómoda y aconsejable es apostar por el testamento abierto. Este se realiza ante notario, siguiendo la legislación vigente y la voluntad del propio testador. Pese a su denominación de  «abierto,» su contenido es secreto para todos excepto para el testador. Nadie podrá acceder a su contenido salvo que así el propio testador lo permita.

Si no hay testamento es la ley quién designa a los herederos siguiendo un orden de parentesco. Dados los numerosos conflictos que pueden llegar a generarse entre familiares de cara al reparto de los bienes, es preferible su redacción por la tranquilidad presente y futura de todos ellos.

Para finalizar, hay que tener en cuenta que en el testamento también se pueden incluir declaraciones y disposiciones no meramente patrimoniales, como disposiciones o actos de carácter personal y familiar, u otras disposiciones carentes de valor jurídico.

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