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La Pirámide de la jerarquía legislativa

La Pirámide de la jerarquía legislativa es la que muestra el nivel de importancia y orden que las diferentes normas jurídicas tienen en España. No todas las leyes valen lo mismo, tampoco son promulgadas por una misma entidad ni el proceso de aprobación de las mismas es igual en todos los casos.

La Pirámide de la jerarquía legislativa

Sin embargo, sí tienen todas un aspecto en común, que es el denominado principio de jerarquía legislativa. Esto quiere decir que, una norma de rango inferior no puede contradecir una de rango superior. En el caso de que así ocurriese, esta norma no tendría

Por este motivo, cuando se escucha hablar de leyes, leyes orgánicas, tratados o decretos, entre otros, es posible que no se conozca exactamente a qué se refieren, ni como se aplican ni su orden en el sistema legislativo español. Por ello, a continuación te vamos a explicar todo lo que debes conocer al respecto.

Pirámide de la jerarquía legislativa en España

A continuación, vamos a indicar, en orden, la pirámide de la jerarquía legislativa en España, que está conformada de la siguiente manera:

La Constitución

En la cima de la pirámide se encuentra lConstitución Española, la norma suprema del ordenamiento jurídico en España. A través de ella se regula la compleja interrelación existente entre el resto de normas. La constitución tiene superioridad sobre cualquier otra norma jurídica.

Esta norma institucional básica del estado Español se encarga de la regulación del orden político; y también de regular el ejercicio y la organización del Estado, buscando que se garanticen los derechos y libertades de los ciudadanos. Toda normativa que se aplique en el país debe cumplir las pautas marcas por la C.E. sin que puedan contradecirla.

La Constitución Española se encuentra compuesta por un total de preámbulo y 11 títulos, y un total de 169 artículos. Estos se encuentran divididos en dos partes, una de ellas dogmática, centrada en el reconocimiento de los principios constitucionales que inspiran el orden político del Estado; y que está formada por el título preliminar y el título 1.

Por otro lado se encuentra la parte orgánica, que es la que se encarga de establecer la estructura de los poderes del Estado. Para ello recurren a la regulación de la organización jurídica y política. Esta se compone por el resto de títulos, del 2 al 10.

Tratados Internacionales

En segundo lugar se encuentran los Tratados Internacionales, entre los cuales se encuentran tanto el Derecho de la Unión Europea como otros reglamentos de carácter internacional.

Un tratado internacional es el acuerdo que se celebra por escrito entre Estados y entre Estados y otros sujetos de derecho internacional, como en el caso de las organizaciones internacionales; y que se encuentra regido por el Derecho Internacional.

Estos acuerdos establecen compromisos por ambas partes, las cuales hacen que se faciliten las relaciones entre naciones, ya sean de nivel político, cultural, científico, económico…

Para que un tratado internacional pueda llevarse a cabo es que se tengan en cuenta una serie de condiciones, entre las cuales se encuentran las siguientes:

  • Capacidad jurídica. Las entidades deben contar con la legitimidad necesaria para poder garantizar el cumplimiento de los compromisos.
  • Justificación del tratado en términos de objeto y causa.
  • Tiene que haber una voluntad expresa por parte de los países que se encuentren involucradas.
  • Se debe cumplir con el protocolo establecido. Esto implica: negociación, autenticación, adopción del texto y el resto de fases y tareas que llevan asociados.

Leyes orgánicas y leyes ordinarias

En un tercer escalón se encuentran aquellas leyes que son promulgadas por las Cortes, es decir, por el Parlamento y el Senado. Se pueden clasificar, a su vez, en:

Leyes Orgánicas

Reguladas en el artículo 81 de la Constitución Española, son aquellas que se encargan de desarrollar las libertades públicas y los derechos fundamentales. Este tipo de ley requiere la aprobación por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.

Entre ellas se encuentran las leyes de educación (LOGSE,LOMCE…), la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) o la regulación de los estados de alarma, entre otros.

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Leyes Ordinarias

Por su parte, las Leyes ordinarias son aquellas que, aunque se encuentran al mismo nivel que las anteriores, no requieren de mayoría absoluta para su aprobación en el Congreso de los Diputados.

Estas regulan aquellas materias que no se encuentren reservadas a las anteriores. Un ejemplo de ellas son la Ley de Propiedad Intelectual.

Otras Leyes

En el mismo rango que las anteriores se encuentran las siguientes:

  • Leyes de Bases: Reguladas en el artículo 82 de la Constitución Española, son leyes que dan al Gobierno la potestad para dictar normas con rango de Ley. Estas deben tratar de materias que no estén comprendidas en las citadas anteriormente.
    Además, deberá especificarse el objeto y el alcance y tienen dos características importantes: Por un lado no se puede modificar una ley de bases por la propia ley; y que no es posible dictar normas con carácter retroactivo.
  • Leyes Básicas: Son leyes dictadas por el poder legislativo para que sean desarrolladas en las CCAA a través de sus propias leyes.
  • Leyes Marco: Estas leyes dictadas por el Estado tienen la finalidad de transferir competencias a las CCAA, que son titularidad exclusiva del Estado. Están reguladas en el artículo 151 de la C.E.
    No se pueden utilizar como una legislación básica, por lo que han de ser desarrolladas por parte de la Comunidad Autónoma.
  • Leyes de Armonización: Son aquellas que tienen un interés nacional pero cuyo destinatario son las Comunidades Autónomas. Se utilizan principalmente para modificar las disposiciones creadas por las CCAA en las que el Estado tenga un interés especial.

Decretos legislativos y Decretos-Leyes

Estas normas no son elaboradas por las Cortes Generales, es decir, por el poder legislativo, pero tienen rango de Ley, como es el caso del Real Decreto Ley y el Real Decreto Legislativo.

Decretos Legislativos

Los decretos legislativos contemplan materias que no guarda la Constitución para las leyes orgánicas. Son normas creadas por parte del Gobierno, a través de la potestad legislativa correspondiente que se le otorga por el poder legislativo mediante las leyes ordinarias/bases. Están regulados por el artículo 85 de la Constitución Española.

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Decreto Ley

El Decreto Ley tiene una función de gran importancia, ya que se crean en casos extraordinarios y de urgente necesidad por parte del Gobierno. Estos no pueden regular materias que afecten a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, ni tampoco a las instituciones básicas del Estado, al régimen de las CCAA ni al derecho electoral general.

Estos decretos deben ser sometidos a debate y votación por parte del Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días desde que se promulgan. Está regulado por el artículo 86 de la Constitución Española.

Reglamentos del Gobierno

En un siguiente escalón de la Pirámide de la jerarquía legislativa se encuentran los reglamentos como las Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno, los Reales Decretos, las Órdenes Ministeriales, etcétera.

¿CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE DECRETO Y REAL DECRETO?

Una duda habitual es la de la diferencia existencia entre un Decreto y un Real Decreto. En este sentido, la diferencia radica en que el Real Decreto es firmado por el Rey. Aunque se sancionan por el monarca, son refrendados por el presidente del Gobierno o los ministros competentes.

Según su rango dentro de la jerarquía normativa se pueden diferenciar entre aquellos que tienen un rango de ley o un rango reglamentario, tal y como hemos explicado anteriormente.

Leyes y Reglamentos de las Comunidades Autónomas

Por último se encuentran las leyes y reglamentos de las Comunidades Autónomas. No obstante, aunque se sitúen en el último lugar, la relación entre sus normas y las estatales dependen de las competencias que puedan tener las CCAA en cada ámbito.

Todas estas son los tipos de normas y leyes que existen en España. A través de ellas se busca regular todos los ámbitos legislativos de la sociedad. Cada tipo de ley se origina y crea de una forma diferente. Su elaboración se divide entres fases: iniciativa legislativa, tramitación de la ley y finalización y publicación.

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