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Qué es el fondo de garantía salarial

El Fondo de Garantía Salarial es un organismo de carácter autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social de España, el cual se encarga de garantizar que los trabajadores perciban su salario; y también otras indemnizaciones y cuantías que les corresponda por derecho en aquellas ocasiones en las que la empresa para la cual trabajan se encuentre inmersa en un concurso de acreedores o haya sido declarada insolvente.

Qué es el fondo de garantía salarial

Qué es el fondo de garantía salarial

El Fondo de Garantía Salarial, al que habitualmente nos referimos por sus siglas, FOGASA, es el que permite que un trabajador pueda recibir el pago que le corresponde por el trabajo realizado, a pesar de que las situación sea complicada en la empresa para la cual trabaja.

Además, este fondo se encarga de las indemnizaciones que puedan tener lugar por extinción de la relación laboral; o despido que se encuentren pendientes por insolvencia concursal del empresario.  En cuanto a las retribuciones e indemnizaciones que se encarga de garantizar el Fondo de Garantía Salarial se encuentran:

Salarios

Comprenden todo lo relativo al pago de los salarios de los trabajadores con las correspondientes pagas de carácter extraordinario. Incluye los salarios pendientes de pago en casos de que haya declaración de insolvencia o a través del procedimiento concursal de la empresa.

En este sentido, es importante conocer que se determina que la cantidad máxima a abonar por el FOGASA viene derivada de multiplicar el doble del salario mínimo, determinado por el número de días pendientes de pago, sin poder superar este  los 130 días. En el importe se tiene en cuenta el prorrateo de las pagas extras.

Indemnizaciones

El FOGASA se encarga de abonar indemnizaciones a los trabajadores en aquellos casos en los que se produzcan situaciones de despido o de extinción de los contratos, tal y como se encuentra estipulado en el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto. En este sentido actúa sobre tipos de despido individual y colectivo (ERE) ante la culminación del contrato temporal en aquellas ocasiones en los que se encuentre fijada una indemnización dentro del marco legal.

Limitaciones del Fondo de Garantía Salarial

Los límites del FOGASA son estipulados de acuerdo al importe salarial que se encuentra vinculado a los salarios y las indemnizaciones. De esta manera el límite máximo del importe es aplicado en ambos casos y se corresponde con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En lo que respecta al abono de los salarios, el Fondo de Garantía Salarial establece un límite máximo de 120 días.  El límite máximo que se aplica sobre la indemnización está basado en el importe que equivale a un año del Salario Mínimo Interprofesional.

En el caso de que se dé un despido por causas objetivas y que haya sido declarado como procedente, se establece un límite de 20 días por cada año de servicios, por el máximo de un año de salario.

Tramitación de las prestaciones del FOGASA

Para llevar a cabo la tramitación de las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial es necesario presentar la correspondiente solicitud.  Este trámite debe ser realizado por parte de la persona interesada o su apoderado.

Una vez que el FOGASA recibe la solicitud, debe resolver en un plazo máximo de tres meses; y dispone de 10 días adicionales para llevar a cabo la correspondiente notificación al interesado.

Para poder realizar los trámites para las prestaciones ante el Fondo de Garantía Salarial se requiere de:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI). Este se puede obviar en el caso de que se realice la comprobación de los datos del interesado en los correspondientes ficheros del Ministerio del interior.
  • Documentación judicial. En el caso de que se trate de un procedimiento en juzgado Social,  se requiere de la Sentencia y Auto extinción de la relación laboral. Asimismo, se necesita Auto relacionado con el origen de la ejecución y Decreto de la declaración de insolvencia de la empresa empleadora.

En el caso de que se trate de un Concurso de acreedores en Juzgado Mercantil, se necesita presentar el Auto de declaración de concurso, el certificado emitido por el administrador concursal; y el Auto de extinción de la relación laboral, que se dicta por parte del Juzgado Mercantil.

El pago de la prestación se contempla en una Resolución que se encarga de fijar las cantidades que corresponden; y también se explican los conceptos que le son reconocidas al trabajador. Además, el pago se acuerda a la cuenta bancaria indicada por el interesado en la solicitud.

El FOGASA se encarga de beneficiar a los trabajadores. De esta manera, se consideran como beneficiarios del Fondo de Garantía Salarial en casos de:

  • Trabajadores bajo relación ordinaria.
  • Trabajadores dedicados a la intervención en operaciones mercantiles.
  • Deportistas profesionales con una relación laboral que tiene un carácter especial.
  • Trabajadores dependientes de una relación laboral de tipo especial.

Asimismo, hay que tener en cuenta que no se pueden beneficiar del FOGASA las personas que trabajan como empleados domésticos; y tampoco los socios trabajadores de cooperativas establecidas.

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