• Menu
  • Menu

El régimen de visitas entre hermanos

A la hora de decidir el régimen de custodia es muy importante la opinión de los menores a la hora de decidir cuál debe ser este; y en su debido caso, las visitas y el contacto con familiares en el caso de que se rompa el núcleo familiar, en caso de divorcio o separación.

El régimen de visitas entre hermanos

En algunas ocasión ha habido dudas con respecto al régimen de visitas entre hermanos, donde la jurisprudencia ha reconocido el derecho de un menor a relacionarse con su hermanastra después de la disolución de la familia.

De esta manera, en aquellos casos en los que haya conflictos entre niños y adultos, se establece que los menores tienen derecho a pasar tiempo con sus hermanos sin la presencia de aquellos mayores que pueda llegar a hacer que pasen por una situación de malestar. Por este motivo, conviene conocer el régimen de visitas entre hermanos, tal y como te vamos a detallar a continuación.

El derecho de los menores a relacionarse con sus hermanastros

La jurisprudencia ha permitido conocer casos en los que ha habido conflicto por el régimen de visitas entre hermanos, con una resolución que determina el derecho de un hermano a relacionarse con el otro fuera del domicilio paterno o materno, según el caso.

Esto se puede dar en aquellos casos en los que las relaciones entre los hermanos se ven limitadas por casos de maltrato psicológico por parte de la pareja de uno de sus progenitores, lo que puede hacer que el menor se sienta inseguro o molesto, como puede ser en los casos en los que una nueva pareja vierte críticas contra la madre o padre del menor en su presencia.

Los informes psicológicos son clave para poder determinar cómo afecta al menor este tipo de situaciones, además de tener en cuenta que si tiene un hermanastro, tiene derecho a visitarlo. Aunque quizás no se trate del caso más habitual, realmente hay ocasiones en las que se establece que pueda establecerse un régimen de visitas entre hermanos, sin presencia de ningún otro adulto y fuera del domicilio del progenitor con el que tiene el problema.

Asimismo, se pueden llegar a habilitar diferentes vías de comunicación entre los menores, ya se trate de comunicaciones vía telefónica o videollamada. De esta forma, se abren las posibilidades para que los hermanos o hermanastros, a pesar de que mantengan una situación familiar que incluso pueda ser calificada de compleja entre sus progenitores o por cualquier cosa que haya sucedido, deben tener la posibilidad de poder mantener el contacto, aunque sean hijos de otra madre o padre.

El interés superior del menor, un aspecto clave

En todo este tipo de casos es muy importante tener en cuenta el interés superior del menor, ya que siempre se busca que estos puedan disfrutar de las mejores condiciones para poder desarrollar su vida sin impedimentos. Por este motivo, incluso aunque se trate de hermanos de diferentes madre o padre, se puede llegar a establecer la existencia de un régimen de visitas entre hermanos.

Si el tribunal considera que lo más beneficioso y conveniente para el menor es que pueda tener visitas con alguno de sus hermanos  o hermanastras, de adoptarán las medidas correspondientes. El objetivo es el del interés superior del menor, que debe primar por encima de todo.

De esta manera, el tribunal siempre buscará proteger los derechos del menor, haciendo todo lo posible porque este se pueda formar y crecer con las mejores condiciones posibles, tanto en el terreno familiar como en otros ámbitos y aspectos.

Se debe tener siempre presente lo que más conviene al menor, atendiendo para ello a la Convención de los Derechos del Niño de la ONU y con lo dispuesto en los artículos 39 de la Constitución Española y 92, 93, 154 y 170 del Código Civil. De esta forma, se busca proteger al menor y preservar su dignidad, los derechos inviolables que le son inherentes, su libre desarrollo de personalidad y el resto de derechos que son fundamento del orden público y la paz social.

De esta manera, a la hora de hablar del régimen de visitas entre hermanos podemos tener en cuenta que será el tribunal el que, como ocurre en cualquier otro caso, tenga que valorar cada caso en particular, de forma que pueda determinar las medidas y acciones que son necesarias para poder hacer que el menor disfrute de las mejores condiciones para el y que puedan influir en su desarrollo.

El tribunal debe buscar en todo momento el beneficio de los menores, y esto se da tanto en este tipo de casos como en cualquier otro que guarde relación con la vida de los más pequeños. Los diferentes derechos del niño son necesarios de mantener y de preservar, y por esta razón siempre se aboga por mantenerlos intactos y protegerlos en la medida de lo posible.

Etiquetas:
Categorías:

¿Alguna duda? Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *