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La legalidad de los sorteos en las redes sociales

Una de las dudas habituales de muchas personas con respecto a los sorteos en las redes sociales tiene que ver con la legalidad de estos. Hay quienes dudan de aquellos sorteos que se publican en las redes sociales, además de que hay ocasiones en las que hay fraude detrás de ellos. En cualquier caso, hay una serie de aspectos relacionados con este tipo de sorteos que merece la pena conocer y a los cuales vamos a hacer referencia a continuación.

La legalidad de los sorteos en las redes sociales

Sorteos en las redes sociales

Una de las maneras más habituales de darse a conocer a través de las redes sociales y a la cual recurren una gran cantidad de personas consiste en hacer sorteos. De esta manera se puede llegar a dar conocer una marca o una persona individual como profesional, pero también hay quienes lo hacen para ganar seguidores.

A medida que ha ido pasando el tiempo y han ido surgiendo las nuevas redes sociales, además del protagonismo creciente de etas, esta ha sido una de las fuentes principales para darse a conocer. Al mismo tiempo y de manera paralela han ido surgiendo diferentes herramientas para poder llegar a alcanzar diferentes objetivos; y como ya hemos mencionado, la manera más conocida de conseguir un mayor número de seguidores, consiste en realizar sorteos en las redes sociales.

El usuario que lleva a cabo sorteo en las redes sociales acostumbra a establecer uno o varios premios. Estos no tienen porque tener que ver con el producto que le interesa publicitar o con su negocio en particular; y los participantes serán otros usuarios que contarán con opciones de ganar el premio siempre y cuando sigan los pasos establecidos por el usuario que realiza el sorteo.

Los pasos a seguir habitualmente para participar en el sorteo tiene que ver con unas dinámicas que se repiten de manera consecutiva en la mayoría de los casos. Estos consisten principalmente en dar «me gusta» a la publicación, así como mencionar a amigos para que el sorteo tenga mayor alcance; y el usuario que tenga más repercusión; y por último, compartir la publicación del sorteo en el perfil propio para llegar a una mayor cantidad de personas.

Teniendo esto presente , hay que conocer cuales de estas premisas para participar son legales y cuales no. Para empezar, se debe tener en cuenta que el ganador del sorteo es elegido al azar. De esta manera no es un concurso en el que el participante tenga que superar una prueba, sino que es escogido al azar.

Problemática de las bases legales en sorteos en redes sociales

La diferencia principal que existe entre concurso y sorteo tiene que ver con la forma en la que se determina el ganador, ya que consisten los sorteos en la elección de un ganador por solo azar; mientras que en el concurso tiene que haber diferentes acciones que se valoran a posteri con respecto a otros participantes para poder determinar un ganador.

De acuerdo al  artículo 6 de la Ley de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico se establece que no debe haber una autorización previa. En lo que respecta a los sorteos en las redes, está sujeto al principio de libre prestación de servicios.

Al igual que el resto de prestaciones que se encuentran reguladas por la normativa u ordenamiento jurídico, hay unas restricciones generales que limitan la autonomía a la hora de disfrutar de estas prestaciones. Estas se encuentran reguladas en el artículo 8 de la mencionada ley:

  1. En caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación, los órganos competentes para su protección, en ejercicio de las funciones que tengan legalmente atribuidas, podrán adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación o para retirar los datos que los vulneran. Los principios a que alude este apartado son los siguientes:
  2. a) La salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional.
  3. b) La protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como inversores.
  4. c) El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social, y
  5. d) La protección de la juventud y de la infancia.
  6. e) La salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.

Asimismo, la persona que crea un sorteo en las redes sociales debe tener en cuenta las obligaciones fiscales. Deberá para ello realizar un previo pago del 20% de la valía de los premios a Loterías y Apuestas del Estado. Así se encuentra debidamente indicado en la Ley 13/2011 de Regulación del Juego. Asimismo, también deben estar claramente establecidas y al alcance de todos los usuarios las bases legales del sorteo.

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