• Menu
  • Menu

¿Qué son los intereses remuneratorios?

A la hora de hablar de los intereses remuneratorios son muchas las personas que tienen dudas al respecto, llegando a confundirlos con otros tipos de intereses. En este sentido es importante aclarar que se trata de aquellos intereses que se pagan en concepto del precio del préstamo.

¿Qué son los intereses remuneratorios?

De esta manera, a diferencia de lo que sucede con los intereses de demora, no se tratan de una penalización que sufre quién recibe el préstamo por el abono tardío del mismo; sino que se trata de una forma de remuneración hacia aquella entidad que ha prestado el dinero.

Esto es muy importante diferenciarlo a nivel jurídico, ya que en el caso de que los intereses sean muy altos, se pueden efectuar diferentes vías de reclamación a nivel judicial. De esta manera, mientras que los intereses moratorios deben ser reclamados por abusivos, en el caso de los remuneratorios que sean excesivos, se pueden considerar como usurarios.

Qué son los intereses remuneratorios

De acuerdo a lo indicado por la jurisprudencia, los intereses remuneratorios son la contraprestación que es abonada por parte del prestatario al prestamista por la acción de este último de haberle dejado el dinero.

De esta manera, cuando una persona lleva a cabo la solicitud de un préstamo, este es devuelto en esa misma cantidad más unos intereses que se suman al importe total. Estos intereses son el precio que tiene el préstamo del dinero, siendo conocidos como intereses remuneratorios.

Esta contraprestación se realiza con la finalidad de evitar que se produzca una devaluación del dinero, así como por retribuir la cesión de este.

En el Código Civil español son incluidas dos disposiciones de gran importancia con respecto a este tipo de intereses. El artículo 1255 se encarga de regir el principio de autonomía de la voluntad en el momento de determinar los intereses remuneratorios lo que hace que las dos partes implicadas puedan pactar los intereses que deseen; y el artículo 1755 indica que los intereses remuneratorios  no se presumen, por lo que el ordenamiento jurídico considera que los préstamos son gratuitos salvo que ambas partes lleguen a un acuerdo con respecto a su precio.

Estos dos artículos mencionados que figuran en el Código Civil suponen una gran diferencia con respecto a los intereses de demora; y por este motivo el interés de demora cuenta con una naturaleza de carácter sancionados, con el objetivo de castigar cuando se produce un incumplimiento. Asimismo, de acuerdo al artículo 1108 del Código Civil, a pesar de que no se pacten los intereses moratorios, estos son exigibles y para su valoración esta se realiza de acuerdo al interés legal del dinero.

Anulación de los intereses remuneratorios

Una vez tenido claro lo anterior, hay que ser consciente que la Ley de Represión de Usura hace que sea posible la anulación de los intereses remuneratorios que se hayan acordado cuando se considere que son manifiestamente superiores al interés normal del dinero; y que son desproporcionados para la situación que se presenta.

Aunque la jurisprudencia indica que los intereses moratorios podrían contribuir a la consideración de un crédito como usurario, a la hora de calificar de esta manera a un préstamo se considera la TAE de este. Así pues, es su precio el que indica si existe un carácter usurario en un préstamo; y el precio se encuentra compuesto por las comisiones y los mencionados intereses remuneratorios .

No obstante, hay que tener presente que la usura no es la única herramienta que se dispone para poder hacer frente a los intereses remuneratorios; y es que estos se pueden llegar a anular si no superan el control de transparencia. Superar este último hace que sea necesario que el cliente pueda ser consciente del alcance tanto jurídico como económico del préstamo.

Anulación de los intereses de demora

Por otro lado hay que indicar lo dictado por el Tribunal Supremo con respecto a los intereses de demora excesivos, considerando en algunas ocasiones que estos pueden llegar a entender que el préstamo tiene carácter usurario. No obstante, el carácter sancionados de este tipo de intereses hace que no afecten a su calificación.

Es más, la anulación de los intereses de demora se acostumbra a llevar a cabo basados en su abusividad. De esta manera, la jurisprudencia española y europea indica que el interés de demora superior en más de dos puntos al remuneratorio se considera que es abusivo; y por este motivo también es anulable.

De esta forma, el juez, en estos casos, no puede integrar el contrato ni proceder a la aplicación de normas supletorias; y siempre y cuando no sea necesario que se mantenga la cláusula porque esta pueda beneficiar al propio consumidor.

Prescripción de los intereses remuneratorios

Los intereses remuneratorios tienen un plazo de preinscripción de cinco años, figurando así en el artículo 1966 del Código Civil. De esta manera el prestamista deberá reclamar el pago en un plazo inferior para la interrupción de la prescripción.

Etiquetas:
Categorías:

¿Alguna duda? Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *