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Qué son los intereses remuneratorios

A la hora de hablar de los intereses remuneratorios, tenemos que saber en qué consisten, y son los que se pagan en concepto del precio del préstamo. Al contrario de lo que sucede con los intereses de demora, estos no suponen una penalización por hacer el pago del dinero demasiado tarde, sino que son una propia remuneración por haber prestado el dinero.

Qué son los intereses remuneratorios

Es importante tener clara esta distinción a nivel jurídico, ya que en el caso de que sean muy elevados, las reclamaciones judiciales seguirán vías muy diferentes. De igual forma, mientras los intereses remuneratorios que son excesivos se pueden considerar usurarios, los moratorios se pueden reclamar por abusivos. Para entenderlo mejor, hay diferentes puntos que debes tener en cuenta.

¿Qué son los intereses remuneratorios?

La jurisprudencia define los intereses remuneratorios como la contraprestación que abona al prestatario al prestamista por haber realizado el préstamo del dinero. De esta manera, cuando se solicita un préstamo de dinero se devuelve a posterior aumentado por unos intereses. Estos intereses son el precio del préstamo del dinero; y son los que se conocen como intereses remuneratorios o compensatorios.

Esta contraprestación busca evitar que se devalúe el dinero y retribuir por ceder el mismo. En el Código Civil figuran dos disposiciones de gran importancia sobre los intereses remuneratorios:

  • El artículo 1255 rige el principio de autonomía de la voluntad a la hora de determinar los intereses remuneratorios. Esto implica que ambas partes pueden pactar los intereses que se consideren oportunos.
  • Por su parte, el artículo 1755 del Código Civil indica que estos intereses no se presumen, por lo que el ordenamiento jurídico da por hecho que los préstamos son gratuitos salvo que se pacte un precio entre ambas partes.

De esta forma, atendiendo al artículo 1108 del Código Civil, en el caso de que no se hayan pactado los intereses moratorios, estos serán exigibles.

Anulación de los intereses remuneratorios

Diferentes prácticas bancarias han hecho que la Ley de Represión de la Usura haya sido noticia. De acuerdo a la norma es posible la anulación de los intereses remuneratorios acordados, aunque para ello estos deben ser manifiestamente superiores al interés normal del dinero, además de considerarse desproporcionados para la situación.

La jurisprudencia ha entendido que los intereses moratorios pueden hacer que se considere un crédito como usurario, si bien al momento de calificar de esta forma un préstamo se debe tener en cuenta la TAE del préstamo.

Dicho de otra manera, lo que determina en realidad el carácter usuario de un préstamo es su precio; y este precio está compuesto por las comisiones e intereses remuneratorios. Sin embargo, la usura no es la única herramienta de defensa contra los intereses remuneratorios, que pueden ser anulados en el caso de que no se supere el control de transparencia. Superar el control de transparente requiere que el cliente sea consciente del alcalde jurídico y económico del préstamo u operación.

De hecho, este es el modo de defensa al cual se ha recurrido por parte de los afectados de las cláusulas suelo. Las cláusulas suelo determinaban un límite mínimo a los intereses remuneratorios de tipo variable. Gracias a ella, los bancos evitaron las caídas de los tipos de interés durante la crisis, haciendo que no se redujeran sus ingresos.

Con la anulación de la cláusula de intereses remuneratorios, el prestatario solo tendrá que devolver al prestamista el capital que le ha sido prestado, sin tener que hacer frente al abono de los intereses. En el caso de que ya haya abonado alguna cantidad en concepto de intereses remuneratorios, esta tendrá que ser devuelva o aplicada a la amortización del crédito.

Por otro lado, hay que tener en cuenta la anulación de los intereses de demora, que se suele hacer de acuerdo a su abusividad. Así la jurisprudencia española y europea confirma que el interés de demora superior en más de dos puntos con respecto al remuneratorio se considera que es un interés abusivo; y por lo tanto, es posible su anulación.

En estos casos el juez no puede integrar el contrato ni la aplicación de normas supletorias, salvo que se necesite mantener la cláusula porque sea beneficiosa para el consumidor. De acuerdo al Tribunal Supremo, la anulación de la cláusula de intereses de demora supone que estos dejen de devengarse, pero no los remuneratorios.

Prescripción de los intereses remuneratorios

A la hora de hablar de los intereses remuneratorios es necesario saber también cuando prescriben estos. Esta es una característica relevante a la hora de hablar de los mismos y es que su plazo de prescripción es de solo cinco años. Este plazo de prescripción se encuentra debidamente regulado en el artículo 1966 del Código Civil.

De esta manera, el prestamista deberá efectuar la reclamación del pago de los intereses en un plazo inferior para que así se interrumpa la prescripción de su derecho. En caso de que no lo haga de esta forma, solo podrá recuperar los intereses devengados durante los últimos cinco años.

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