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Cómo recurrir una multa de radar

Respetar las normas de tráfico es fundamental para la seguridad vial. Pero hay veces que por muy atento que quieras ir puedes despistarte un poco y superar el límite de velocidad permitido. Si en la zona hay un radar, el mismo se activará y hará una foto de tu vehículo. Dicha foto acompañará a la notificación de la sanción que recibas en tu domicilio.

Cómo recurrir una multa de radar

Todo el mundo tiene derecho a defenderse, por eso la Administración sancionadora da al afectado un plazo para que pueda interponer un recurso. A la hora de resolver la duda de cómo recurrir una multa de radar, hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos en los que se consigue una retirada de la sanción esto se debe a algún defecto en el procedimiento sancionador.

La importancia de prestar atención a la notificación

Si has cometido una infracción de exceso de velocidad la misma te será notificada por parte de los agentes de la autoridad (esto es cada vez menos frecuente) o bien se te notificará mediante correo certificado en tu domicilio.

En estos casos la notificación de sanción deberá incluir siempre la foto efectuada al vehículo por el radar. Hay que comprobar si los datos que aparecen en ella son correctos: fecha, hora, modelo de radar y velocidad a la que circulaba el vehículo. Es importante que no aparezcan otros vehículos en la imagen y que la matrícula sea bien legible de forma completa.

 

Recurrir la multa

Si cualquiera de los datos que se acaban de señalar no son correctos, el interesado tiene un plazo de 20 días naturales desde la notificación de la multa para recurrirla. Las alegaciones pueden fundarse en diferentes supuestos, por ejemplo:

  • Que el coche que aparece en la foto no es el de la persona notificada.
  • Que la matrícula del coche no se vea bien. No obstante, hemos de tener cuidado con esta alegación, puesto que en numerosas ocasiones la copia de la fotografía que se envía junto con la multa es de poca calidad, y en cambio si vamos a la Administración y les pedimos la copia de la fotografía que ellos tienen, por regla general es mucho más clara, y nos ayuda a determinar si en efecto el vehículo objeto de la sanción era el nuestro o no.

En un recurso de este tipo también es posible pedir pruebas a la propia Administración. La más habitual es solicitar la homologación del radar. Todos los cinemómetros deben revisarse periódicamente y contar con una certificación del Centro Español de Metrología que acredite que, efectivamente, han sido revisados y funcionan correctamente.

 

¿Qué hace la Administración?

Si no estima las alegaciones y anula la sanción, la Administración que sanciona puede actuar de dos formas ante las alegaciones del supuesto infractor y su petición de pruebas:

  1. Facilita las pruebas pedidas y desestima las alegaciones. En este caso lo único que se puede hacer es interponer un recurso de reposición e intentar buscar algún defecto de forma que pueda dar lugar a que la sanción se anule.
  2. No facilita las pruebas y desestima las alegaciones. En este caso también se puede interponer recurso de reposición y se pueden solicitar las mismas pruebas pedidas en las alegaciones incidiendo en el hecho de que las mismas no se han valorado adecuadamente y el por qué

 

Si el recurso de reposición tampoco prospera ya sólo queda acudir a la vía judicial.

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