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¿Prescriben las multas del estado de alarma?

Ante el inminente fin del estado de alarma, una duda de muchos usuarios es lo que ocurre con todas las multas que fueron impuestas desde que en marzo del pasado año pasado se decretase con motivo del inicio de la pandemia, unas multas que en algunas ocasiones superaron los 600 euros. En este sentido, hay muchos que se preguntan si prescriben ahora las multas del estado de alarma; y es que la Ley que regula el mismo, indica que, una vez que este ha llegado a su fin, decae en su eficacia las competencias en materia sancionadora.

¿Prescriben las multas del estado de alarma?

Esto puede dar origen a una gran cantidad de interpretaciones diferentes al respecto. Para muchos, si la multa aún no ha sido notificada, las autoridades competentes, como son las delegaciones de Gobierno, ya no puedan hacerlo. Sin embargo, esto es discutible, ya que las delegaciones pueden seguir notificando las sanciones impuestas durante el estado de alarma.

Por esta razón, hay que saber que la sanción sigue existiendo; y por lo tanto, las delegaciones las seguirán tramitando. Una vez que el ciudadano recibe la notificación, dispone de un plazo de 15 días para formular alegaciones o para aprovecharse del 50% de descuento por pronto pago.

Lo más recomendable en este tipo de casos es hacerse cargo de las multas, optando por alguna de las dos opciones mencionadas. En ningún caso se recomienda pasar de ellas, ya que se trata de unas sanciones que continúan vigentes y no prescriben por el simple hecho de que ya no nos encontremos en un estado de alarma.

Recurrir una multa por infringir el estado de alarma

Si te encuentras en la situación de que acabas de recibir una multa por incumplir la regulación horaria o cualquier otra de las medidas impuestas durante el estado de alarma; y consideras que es injusta, debes tener en cuenta que puedes recurrirla.

Lo más aconsejable es presentar alegaciones sobre todo en los casos en los que se esté realmente claro que se trata de un error y que existe inocencia por tu parte, como por ejemplo, en el caso de que te pongan una multa por acudir a trabajar sin justificante que posteriormente puedas aportar, o si fue por otra razón que te permita eludir realmente la multa. No obstante, ten en cuenta que para poder llevar a cabo el recurso, será necesario contar con pruebas  de que no has incurrido en un delito.

Es importante tener en cuenta que el pago con reducción del 50% significa que estás conforme con la denuncia. Si la pagas antes de los primeros 15 días tras recibir la notificación de la misma, podrás verte beneficiado de un 50%. Eso sí, en el momento en el que accedas a hacer este pago, perderás la posibilidad de recurrir.

De igual forma, en el caso de que presentes alegaciones para tratar de eludir la multa, debes tener presente que, si no sale adelante, tendrás que pagar la multa íntegra. De esta forma, si no prospera tu recurso perderás la posibilidad de poder disfrutar del descuento del 50% por pronto pago.

Esta circunstancia provoca que, sea solo recomendable recurrir en los casos de que exista una máxima certeza de que se es inocente, con las pruebas pertinentes, y que, por lo tanto, te podrás liberar por completo de la multa. En el caso de que haya cualquier duda al respecto, lo preferible es apostar por el pronto pago para beneficiarse del descuento del 50%.

Plazo de la administración para tramitar el procedimiento de la sanción

Una vez que tiene lugar una infracción, la administración cuenta con un plazo de un año para notificar la denuncia a la persona que ha incurrido en la misma. En caso contrario, si no se recibe notificación alguna en un plazo de doce meses, nos encontraríamos con que la multa prescribiría.

Aunque esto puede llegar a darse, la realidad es que es un caso muy poco habitual; y es que aunque, en algunas ocasiones, hay cierta saturación en las administraciones públicas, lo habitual es que las multas se notifiquen siempre en plazo.

Las infracciones se deben notificar siempre en el acto al infractor, es decir, en el momento en el que tiene lugar la misma. Sin embargo, las mismas circunstancias de los hechos, los métodos en los que se recoge la información, y las propias leyes hacen que, en algunas ocasiones, se puede producir una notificación posterior.

Hay que tener en siempre presente, de cara al posible recurso o el pronto pago,  la fecha en la que se produce la notificación, ya que de esta forma evitarás caer en un plazo expirado. En este caso, haría que no pudieses beneficiarte del descuento; o efectuar el correspondiente recurso, así como su prescripción. No obstante, como ya hemos mencionado, es complicado que una multa llegue a prescribir por falta de tramitación por parte de la administración.

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