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Condenas por dejar morir o matar a tu mascota

El maltrato animal o crueldad hacia los animales,  es un delito común que puede ser cometido por cualquiera, sin que el autor tenga que ser el propietario del animal, de resultado material y en el que se admite la comisión por omisión. Como tal se entiende la grave falta de cuidado y atención de la mascota, así como la desnutrición y la falta de salud e higiene.

Se trata de un delito de resultado lesivo, que puede provocar la muerte de la mascota o producirle lesiones físicas que afecten de manera grave al animal.

El maltrato de mascotas en el Código Penal

La legislación actual, que refleja el maltrato animal en el artículo 337 del Código Penal, ha ido evolucionando con el paso del tiempo. En el año 1995, el CP recogía en el artículo 632 este tipo de situaciones como una falta, castigado con una pena de multa.

En la Ley Orgánica 15/2003 de 25 de Noviembre se introdujo por primera vez como delito el maltrato animal. La presión ejercida por diferentes protectoras de animales llevaron a que fuese considerado delito.

El artículo 337 fue reformado posteriormente por la Ley Orgánica 5/2010 y por la Ley Orgánica 1/2015. Tras esta última se considera delito abandonar a un animal doméstico en condiciones de peligro para su integridad o vida.

Condenas por maltrato de mascotas

La violencia contra los animales se puede ejercer de maneras muy diferentes, estando estos tipos de maltrato recogidos en el artículo 337 del CP. Estos son los siguientes:

Maltrato de animales hasta la muerte

El maltrato de la mascota hasta la muerte implica una pena de 6 a 18 meses de prisión. Además, se inhabilita al responsable entre 2 y 4 años para ejercer un oficio, profesión o comercio relacionado con el mundo animal y la tenencia de ellos.

De esta manera cualquier dueño que deje morir a su mascota de forma intencionada o la mate estaría incurriendo en este delito.

Maltrato de animales provocándole lesiones

Aquella persona que maltrate a un animal provocándole lesiones podrá ser castigado a una pena de 3 meses y 1 día de prisión, además de inhabilitación de 1 año y 1 día a 3 años para ejercer cualquier labor profesional que tenga relación con los animales, así como para tener una mascota. 

Dentro de esta aceptación entran aquellos que haciendo uso de cualquier procedimiento cause lesiones que afecten gravemente a la salud del animal, incluyendo la explotación sexual sobre:

  • Animales domésticos (o amansados).
  • Animales domesticados.
  • Un animal que de forma temporal o permanente esté sometido a un control humano o no viva en estado salvaje.

Maltrato de animales haciendo uso de objetos, con ensañamiento o en presencia de menores

Las penas mencionadas en el caso anterior se impondrán en la mitad superior en aquellos casos en los que se den este tipo de situaciones:

  • Hechos de maltrato llevados a cabo en presencia de un menor de edad.
  • En aquellos casos en los que el responsable del maltrato se ensañe con el animal.
  • Cuando se haga uso de objetos, armas, instrumentos u otros métodos que supongan un riesgo para la vida del animal.
  • En aquellos casos en los que el animal vea afectados alguno de sus sentidos, miembros principales u órganos a causa del maltrato.
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